El Ejecutivo municipal avanza con su plan económico financiero con vistas al 2012. El Intendente capitalino promulgó la ordenanza que establece la actualización de la valuación fiscal de los inmuebles conforme a lo establecido por el Consejo Profesional de la Ingeniería.
El Ejecutivo municipal avanza con su plan económico financiero con vistas al 2012. El primer paso es el revalúo inmobiliario. La norma fue aprobada el último jueves en el Concejo Deliberante y ya fue promulgada por el intendente Carlos Mauricio Espínola y posteriormente publicada en el boletín oficial.
Con esta ordenanza los contribuyentes de las cuatro primeras zonas fiscales de la ciudad - ver infografía - son los únicos que abonarán con modificaciones sus impuestos.
Este revalúo de la base imponible del impuesto inmobiliario - regirá desde el mes de enero - está conformada por la valuación de los inmuebles urbanos y suburbanos de la Ciudad de Corrientes en sus componentes tierra y mejoras, tomando como base los valores establecidos para los metros cuadrados (m2) de construcción en la Resolución Nº01/2006 del Consejo Profesional de la Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura de la Provincia de Corrientes. El oficialismo comunal considera que es necesario actualizar las valuaciones fiscales a los fines de aplicar equitativamente el tributo e incorporar parte de los incrementos en los valores de mercado ocurridos desde la última actualización resultado de obras y mejoras tanto públicas como privadas.
El artículo 2 de la norma aprobada el pasado jueves marca que “el Ejecutivo Municipal seguirá los siguientes criterios: Para el cálculo de la valuación fiscal de la zona 1: Se tomará como valor de referencia del edificio, al 20% de la categoría C) de lo establecido en la última resolución aprobada por el Consejo Profesional de la Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura de la provincia y como valor de la tierra, cien pesos ($100) por metro cuadrado de superficie.
Para la zona 2 se tomará como valor de referencia del edificio, al 20% de la categoría B) y como valor de la tierra, ochenta pesos ($80) por metro cuadrado de superficie.
En el caso de la zona 3, el 20% de la categoría A) y como valor de la tierra, sesenta pesos ($60) por metro cuadrado de superficie.
La zona 4 se tomará como valor de referencia del edificio, al 20% de la categoría A) y como valor de la tierra, cincuenta pesos ($50) por metro cuadrado de superficie. Además la norma establece que, de superar la recaudación interanual, el excedente será destinado al Fondo Fiduciario de Garantía de la Obra Pública (FOGOP).
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