La Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó el procesamiento de Blaquier y Lemos

La Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó el procesamiento de Carlos Pedro Blaquier, dueño del ingenio Ledesma en Jujuy, por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.

Es por considerarlo partícipe necesario de los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar, y en particular en la "Noche del Apagón".

También afecta a Alberto Enrique Lemos, gerente administrativo de la compañía.

El Tribunal confirmó el procesamiento dispuesto en noviembre del año pasado por el juez Fernando Poviña, a cargo del Juzgado Federal Nº 2 de Jujuy.

Se los acusa de cómplices en los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada en tres hechos en concurso real, informaron a Télam fuentes judiciales.

Una de las víctimas fue el médico Luis Ramón Aredez, ex intendente de Libertador General San Martín, la localidad donde se halla el ingenio Ledesma. Aredez entró en calidad de detenido desaparecido durante la noche del 24 de marzo de 1976. Según los testimonios recabados durante el juicio, Aredez fue torturado, ejecutado con dos tiros en la cabeza y enterrado bajo los cañaverales de Ledesma. Las otras dos víctimas son Omar Claudio Gainza y Carlos Alberto Melián.

El fallo reconoció la colaboración de los imputados para llevar adelante las detenciones, al señalar que las fuerzas represivas que operaron durante la madrugada del 24 de marzo de 1976 y los días posteriores, "contaron con la autorización dada para el uso de vehículos de la empresa". Señaló además que tal colaboración se prestaba desde la creación de la unidad de Gendarmería con asiento en Ledesma.

La resolución estableció que "tal asentimiento fue prestado por el presidente del directorio (Blaquier) y ejecutada por su administrador general (Lemos), ya que tratándose de una empresa de la envergadura y grado de organización que poseía Ledesma, era imposible disponer de sus vehículos y apoyo logístico, sin instrucciones o aquiescencia del presidente del directorio".

"En suma, dado por sentado (con el grado de probabilidad exigido para esta etapa procesal) que existió tal colaboración consentida de parte de la empresa, nada desmiente la imputación que se formula en cuanto que los vehículos fueron entregados voluntariamente y más aún, al no existir registros de dicha circunstancia y al haberse efectuado los operativos en horas de la madrugada del día en que se produjo el golpe de Estado, cabe deducir que había conocimiento de la ilegalidad del operativo", añadió la Cámara.

Antenor Ferreyra, abogado de Adriana Aredez (una de las hijas del ex intendente) no coincidió con el pedido de la Fiscalía y la resolución del juez de procesar a Blaquier sólo como cómplice. Para el letrado, el empresario no sólo prestó asistencia logística a los represores con su flota de camionetas, sino que también fue uno de los ideólogos de las desapariciones. "Ellos elaboraban las listas, daban las órdenes y tomaban decisiones. No eran simples colaboradores", le dijo a Infojus Noticias.

El fallo confirmó también el aporte de Ledesma no sólo la noche en que se verificaron las detenciones ilegales, sino durante los meses siguientes al golpe.

La Cámara consideró acreditada la actividad política y sindical de las víctimas, y en particular la de Aredez, quien como intendente había obligado a la empresa Ledesma a pagar impuestos al Municipio, de lo que hasta entonces se encontraba eximida. También sostuvo que la actividad política de las víctimas generó enfrentamientos con la empresa, los que quedaron acreditados por publicaciones de la época. La Cámara confirmó además la resolución del juez instructor que fijó embargos por un millón de pesos a Blaquier y 500 mil pesos a Lemos.

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