Regulará la actividad en esos centros de atención. Entre otros puntos, establece la jornada de seis horas y dos francos semanales.
El dictamen también determina que cada trabajador deberá tener 15 minutos de descanso cada dos horas efectivamente trabajadas. En el proyecto también se establece que la jornada nocturna no podrá exceder las cinco horas y media.
Por otra parte, el Estatuto establece que en caso de tener que trabajar los feriados nacionales, los empleados recibirán por ese día una paga adicional del ciento por ciento. Asimismo, en otro artículo se señala que deberán garantizar dos días corridos por examen con un máximo de 20 días por año calendario. El dictamen dispone también que los empresarios deberán realizar programas de capacitación continua con la finalidad de atender las necesidades de preparación a su personal vinculados con los cambios tecnológicos exigidos para la evolución y el desarrollo de sus tareas. «
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