Los diputados provinciales K , quieren dilatar la ley que es clara, otros amenazan con plantear inconstitucionalidad , de todo este comportamiento surge nítido que, lo que firmaron en la Justicia carecía de buena fe de origen.
En un comunicado el senador radical fija denuncia maniobras distractivas por parte de los legisladores del Frente para la Victoria.
La mediación en el Superior Tribunal estableció una metodología que parte del presupuesto de la buena fe de las partes (municipio -provincia) lo medular del acuerdo “suspende el trámite judicial hasta la aprobación de la ley” se adjuntó la media sanción de Senado provincial al momento.
De firmar el acuerdo judicial , (una metáfora contractual sería ese día en la justicia se firmó el boleto de compraventa y faltaba la escritura que vendría ser la ley) y en simultáneo los diputados provinciales K , quieren dilatar la ley que es clara, otros amenazan con plantear inconstitucionalidad , de todo este comportamiento surge nítido que, lo que firmaron en la Justicia carecía de buena fe de origen, y que existe una estrategia de bloqueo o de dilación de la ley y amenaza de judicialización, y que todo el esfuerzo es de una de las partes, para lograr la consolidación del acuerdo, por eso el Gobierno provincial le plantea a la oposición k, votemos rápido en conjunto o den los 2/3 para su rápido tratamiento al tema y marquen sus diferencias .
Tres preguntas centrales que desnudan a la oposición K. Pueden ser inconstitucional una ley que consolida el 18 % de coparticipación (cuando la Constitución provincial establece un piso del 15%) donde se violenta.
Puede ser inconstitucional crear un fondo especial además del 18% de un 1% (cuyo monto es equivalente un punto de copa) y que sale de fondos propios.
Puede ser inconstitucional derogar un artículo 33 de la ley de presupuesto que tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de este año y la ley da carácter permanente y asegura financiación a futuro.
Puede ser inconstitucional una ley que a través del procedimiento que establece la constitución provincial dicta una ley posterior que deroga a la anterior (estamos manejando principios básicos).
Y a la lógica Fabianistica municipal que afirma que disminuir coparticipación con destino libre es inconstitucional , es un absurdo jurídico verificable , la Coparticipación Nacional de libre disponibilidad a las provincias fue disminuida por seis pactos fiscales convenio nación provincias que Fabián Ríos como Diputado Nacional o Senador Nacional Voto, modificando la Ley madre de coparticipación Nº 2.3548 nacional, hoy la distribución sería prácticamente 50% y 50% Nación-Provincia, gracias a estas leyes estamos 75% para la Nación y 25% para las provincias .
CONCLUSIONES:
Las dos partes municipio y gobierno Provincial debemos completar el acuerdo firmado en la justicia en la mediación, porque bloquear la ley que perfecciona el acuerdo es dilatación o bloqueo, y existe un principio jurídico que nadie que ayuda a construir un vicio puede beneficiarse. Y el otro principio jurídico la “Teoría del Acto Propio”.

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