La AFIP elevó los aportes jubilatorios de los trabajadores autónomos y también incrementó el tope para los descuentos que se realizan sobre los empleados en relación de dependencia. Estos números varían dos veces por año, cuando suben las jubilaciones en virtud de la Ley de Movilidad.
A través de la Resolución General 3063/2011, publicada ayer en el Boletín Oficial, se determinó la suba en la carga fiscal.
Así, la categoría más baja de los autónomos pasa de $ 194 a $ 227 mensuales. Esta incluye a personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $ 20.000; comerciantes con ingresos anuales hasta $ 25.000; y aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional.
Para la segunda categoría, casi la mayoría de los contribuyentes, el aporte pasa de $ 271 a $ 318. En este caso se enmarca a personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los $ 20.000; y comerciantes con ingresos anuales superiores a $ 25.000.
El tercer escalón tendrá un aumento de $ 388 a $ 455, y abarca a directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con ingresos anuales inferiores o iguales a $ 15.000.
La cuarta categoría deberá aportar $ 728, en lugar de $ 621; e incluye a directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $ 15.001 y $ 30.000, inclusive.
Para el último estamento, el incremento es de $ 854 a
$ 1.002; y esto comprende a directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los $ 30.000.
En lo que refiere a los asalariados, la AFIP elevó de $ 11.829 a $13.878 el tope para calcular los aportes que se descuentan de los salarios mensuales.
Como el descuento con destino al sistema jubilatorio es de 11% del salario bruto, el importe máximo de la retención pasa de $ 1.300 a $ 1.525.
Asimismo, en el nuevo esquema, se elevan los montos con destino a la obra social elegida por el trabajador y al PAMI, que equivalen en cada caso a 3%o de la remuneración. Entre ambos conceptos se destinan $ 831, en lugar de $ 709 como hasta ahora.
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