Un documento consensuado para lograr la unanimidad del bloque propone que Nación sea involucrada como un "tercero". Los reclamos de los legisladores, a pedido del Ejecutivo, se resumen en 7 puntos. Aun así, Juan Pablo Morisoli insistió en que Nación no actuó como corresponde.
Esa salvedad permitió al justicialismo conseguir unanimidad para ponerle la firma al informe, porque de lo contrario hubiera sido dificultoso que rubricaran Miguel Tanos y Luciano Di Nápoli, de La Cámpora.
En la reunión de este miércoles, primera del año, de la Comisión de Ríos Interprovinciales, su titular Juan Pablo Morisoli -como integrante del bloque de diputados justicialistas- puso a disposición de los demás legisladores, las opiniones que el bloque oficialista "estima de interés" referido a la problemática del Río Atuel, después que se las hicieran conocer al gobernador.
Más allá de ese documento, Morisoli no se privó de dejar en claro que según su interpretación Nación no actuó como corresponde para hacer cumplir el convenio de 2008. Admitió que el informe no salió tal como él lo pretendía, pero destacó el acuerdo generalizado en torno de los 7 puntos que resumen la posición del bloque.
La nota que los diputados justicialistas le hicieron llegar al gobernador Oscar Mario Jorge es la siguiente (se publica de manera íntegra y textual):
"A raíz de la solicitud efectuada por ese Poder Ejecutivo Provincial, con motivo de llevarse a cabo la reunión efectuada el día 31 de Enero del corriente año en el Salón Acuerdos de la Casa de Gobierno con miembros del Estudio Badeni, Cantilo, Laplacette & Carricart referido a la problemática del Río Atuel, este Bloque Justicialista de la Cámara de Diputados de esta provincia aporta los siguientes opiniones que estima de interés:
1) Debería reafirmarse, que la Interprovincialidad de nuestro río Atuel se demuestra desde tiempos históricos, tal como lo ha analizado y señalado pormenorizadamente Nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación, señalándose además que así lo atestiguan antiguos acuerdos en los cuales para decidir temas que afectaban dicho curso se solicitaba la presencia de los caciques del sur mendocino y del noroeste y centro pampeanos. Así quedó documentado en el: Tratado de 1805: [Manuel Tells -Meneses Sodré (Capitán de Milicias Urbanas de Mendoza, por una parte; y por la otra los Lonkos o Caciques Goyco y Carripilón (Ranquel)].Por su texto (art. 3 y 4), los Lonkos en su carácter de "propietarios de los terrenos", ceden la posesión de los correspondientes a "la confluencia de ambos ríos" para la instalación del Fuerte y población de San Rafael (la "cesión de posesión" se limitaron a tales terrenos).
2) Resultaría necesario y útil examinar los "recursos" (de Aclaratoria, de Ampliatoria, etc) presentados por ambas partes ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación después de notificadas la Sentencia, y lo resuelto por el Tribunal en cada caso, pues tales resoluciones integran el Fallo.
3) Entendemos de suma importancia revisar todo lo atinente a la pericia Agronómica y la metodología con la cual se llegó a cuantificar 75.000 hectáreas bajo riego para la provincia de Mendoza, pues esa superficie jamás estuvo bajo riego, ya que en total osciló las 45.000 hectáreas. Debería verificarse la posición de la Provincia de La Pampa ante esos resultados periciales.
4) Correspondería analizar la posibilidad de pedir la citación del Estado Nacional en calidad de tercero en los juicios que intervenga la provincia de La Pampa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por este tema, a fin de que se involucre y garantice no solo el cumplimiento de las Resoluciones judiciales sino que acompañe, asista y colabore con la recomposición del entorno regado históricamente por nuestro río Atuel en La Pampa, como así, lleve adelante las inversiones necesarias para la recuperación, desarrollo y puesta en producción con los caudales necesarios.
5) Sugerir al Poder Ejecutivo Provincial que se gestione ante el Poder Ejecutivo Nacional -a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros- la pronta reglamentación de la Ley Nacional N° 25.688 -que establece presupuestos mínimos ambientales para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional; utilización de las aguas; cuenca hídricas superficiales; Comités de cuencas hídricas-, como así que dicte las resoluciones necesarias para su aplicación, teniendo en cuenta que el Articulo 9° de dicha norma otorgó, a esos fines un plazo perentorio de ciento ochenta 180 (días) días a contar desde su publicación.
Del mismo modo, se inste a que se designe la Autoridad Nacional de Aplicación de dicha norma, teniendo en cuenta los sustanciales deberes impuestos a la misma por su artículo 7°.
6) Debería requerirse judicialmente que se exija a la provincia de Mendoza la implementación de riegos sustentables, la tecnificación de sistemas de ahorro de aguas intrafinca, el control constante de las riberas ante los reiterados y públicos desvíos ilegales de aguas interprovinciales que debilitan el caudal de nuestro río Atuel.
7) Igualmente, que judicialmente se exija a la provincia de Mendoza que el caudal constante de aguas que se asegure sobre nuestro río Atuel al ingreso a la provincia de La Pampa, posea las mismas calidades químicas que el agua que se brinda a los regantes de General Alvear y Carmensa, sobre todo en lo referente al uso y consumo humano".
Por otro lado, en la comisión también se dispuso la habilitación, para su pronto tratamiento de dos proyectos, por un lado una iniciativa de resolución del diputado Juan Pablo Morisoli por la que se dirigen al Poder Legislativo de la Provincia de Río Negro a fin de solicitarles a los señores Diputados de dicho Estado provincial la derogación de la Ley 1906 (norma legal que lesiona los intereses de las provincias condóminas del Río Colorado). Y por otro, un proyecto de ley del diputado Martín Berhongaray por el que se prohíbe la exportación de caudales correspondientes a la cuenca del río Colorado con destino a cualquier otra cuenca o subcuenca y, en forma especial, el pretendido trasvasamiento proyectado a partir del embalse Portezuelo de Viento.



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