Arroyo demandó a la Municipalidad para cobrar las vacaciones adeudadas

El exintendente pretende que la Justicia anule el decreto de Montenegro que denegó el pago de licencias no gozadas en 2018 y 2019. Leitao también hizo su propia presentación

El exintendente Carlos Fernando Arroyo no se da por vencido en su intento de cobrar una suma millonaria en concepto de vacaciones adeudadas durante sus dos últimos años de gestión, en 2018 y 2019. Luego de recibir en febrero un revés del gobierno comunal, ahora presentó ante la Justicia local una demanda contra la Municipalidad de General Pueyrredon para lograr la anulación del decreto de Montenegro que le denegó el beneficio.

La causa fue iniciada la semana pasada y recayó en el Juzgado Contencioso Administrativo N°2 de Marcelo Fernández. En la demanda, Arroyo solicita que se deje sin efecto el Decreto 246/21 del pasado 5 de febrero, mediante el cual el actual intendente rechazó la presentación administrativa mediante la cual el hombre de Agrupación Atlántica reclamó el pago de las licencias no gozadas.

Ese decreto se dio en el marco de una doble causa judicial impulsada por Arroyo y otros exfuncionarios suyos, en ese caso para que la Justicia obligue a la Municipalidad a concluir el trámite administrativo por el cual reclamaban el pago de licencias, tras más de un año de dilaciones. Finalmente, la Justicia falló a favor en la causa impulsada por el extitular del Emsur, Eduardo Leitao, ordenando a la Comuna a dar respuesta. Tras ello y previo a un revés en la otra causa, la Municipalidad emitió dos decretos donde rechazó las pretensiones de los exfuncionarios.

Al momento, solamente presentaron sus nuevas demandas Arroyo y Leitao, mientras que los otros siete exfuncionarios –al menos hasta el momento- no acompañaron. Uno de los reclamantes era el exsecretario de Gobierno, Alejandro Vicente, quien además ofició de abogado en el primer proceso judicial. Ahora, tanto Arroyo como Leitao realizaron un cambio de patrocinio letrado: el nuevo abogado es César Claudio Benvenuto, recordado por defender al exfiscal Gustavo Demarchi, condenado a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad y fallecido en febrero de este año por Covid.

 

El extitular del Emsur, Eduardo Leitao, también acudió a la Justicia para cobrar sus vacaciones no gozadas

La postura de la Municipalidad

En el decreto ahora cuestionado judicialmente por Arroyo, la Comuna destacó que la relación entre el personal político y el Estado municipal no está regida por la Ley 14.656 que establece el Estatuto de Empleo Público Municipal de la Provincia de Buenos Aires, ya que dicha normativa “excluye del régimen a todos los funcionarios superiores y/o personal con designación política de los Departamentos Ejecutivo y Legislativo”.

Asimismo, “entre el exfuncionario político y el Municipio no existió una relación de dependencia laboral, ni se dio relación de ´contrato de trabajo´ alguna”, por lo que “no se le aplica el mismo régimen que regula a los empleados municipales”. Por ello, “las licencias generadas por dicho exfuncionario deben ser gozadas”, sin posibilidad de pedir un resarcimiento económico si no las utiliza.

Desde el Ejecutivo se planteó que se avanzaría en un “abuso desmedido” si se permitiera que “exfuncionarios dejen de gozar de sus licencias para luego cobrar indemnizaciones exorbitantes, causándole un perjuicio económico, directo a cada uno de nuestros vecinos”. También que Arroyo “conocía plenamente que su mandato comenzaba el 10 de diciembre de 2015 y que concluía el 10 de diciembre de 2019, por lo cual debió prever la situación”.

En esa línea, la Municipalidad se apoyó en una resolución de noviembre de 2019 de la Asesoría General de Gobierno bonaerense, donde se afirmó que el objetivo de las vacaciones es “el goce real y efectivo del descanso temporal acordado” descartando “toda posibilidad de que (el monto correspondiente a vacaciones) se transforme en un motivo para incrementar el salario (de un funcionario político)…evitando que su compensación monetaria se transforme en un motivo para incrementar la remuneración del agente”.

 

La causa recayó en el Juzgado Contencioso Administrativo N°2

Los contraargumentos de Arroyo

En la demanda, Benvenuto puntualizó que Arroyo “tenía pendientes de goce periodos de vacaciones acumulados por no poder disponer de los mismos por razones funcionales ajenas a su voluntad”. En el expediente administrativo adjuntado queda certificado por la Dirección de Personal que el exmandatario tenía en su favor 21 días de licencia de 2018 y 19 en 2019. Si bien nunca fueron valorizadas por la Dirección de Liquidación y Control de Haberes, se calcula una suma superior al millón de pesos.

Para los demandantes, tras el reclamo administrativo la Comuna “no procede a la liquidación y pago de la compensación indemnizatoria sin causa alguna que justifique esa decisión” durante el plazo de un año hasta que avanzó la causa en sede judicial.

Finalmente, el intendente Montenegro rechazó el pedido mediante el Decreto 246 del 5 de febrero de este año. Al referirse a ese acto, Arroyo insistió en la validez de lo disputo en la Ley 14.656. Además remarcó que “es claro que el único fundamento del acto administrativo cuya revocación se peticiona se limita al rechazo del pago de la compensación indemnizatoria de las licencias anuales por no haber hecho goce real y efectivo del descanso temporal”.

“Queda claro que el objeto de la revisión se limita al fundamento del acto denegatorio y su manifiesta irrazonabilidad e ilegitimidad, esto es el no pago de la compensación reclamada por el hecho de no haber hecho goce efectivo del descanso anual”, planteó Benvenuto.

Entre otro de los argumentos, resalta que “el no goce en forma efectiva de la licencia por descanso anual no fue una decisión voluntaria del suscripto para obtener un beneficio económico, sino la consecuencia necesaria de las exigencias de la función que impidieron por razones de servicio gozar en forma efectiva de ese beneficio, no existiendo tampoco el aludido incumplimiento en una indicada obligación de requerir el goce de ese beneficio”.

Los mismos motivos presentó el letrado en la otra causa impulsada por Leitao, en cuyo caso el reclamo inicial ascendía a la suma de $850 mil por vacaciones no gozadas también entre 2018 y 2019. En esta ocasión, la causa apunta a anular el Decreto 202/21, la cual recayó en el Juzgado Contencioso Administrativo 1 de Simón Isaach.

Al momento, el magistrado ya remitió un oficio a la Municipalidad solicitando en un plazo de 15 días copia digitalizada del expediente administrativo en el cual constan las actuaciones del reclamo del extitular del Emsur ante la Comuna.

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