Argentina, modelo de Estado interventor

Argentina, modelo de Estado interventor

Para hacer un poco de histórica, podemos comenzar situándonos en la Alemania del Canciller Otto Von Bismarck quién marcó la segunda parte del S. XIX.

 

Por aquél entonces, Bismarck preocupado por la situación obrera de su país desarrolló la idea de la seguridad social teniendo en miras la constitución de un seguro social para cubrir las contingencias de los trabajadores.

De este modo, el Estado Alemán intervenía en las relaciones de trabajo para poder garantizar los derechos de la seguridad social a aquellos miembros de la sociedad que coticen al sistema.

El denominado “intervencionismo estatal” se dio de modo inicial, pero fue creciendo a lo largo de los años. Recordemos la crisis económica de 1929 dónde quebró la bolsa de Wall Street, trajo posteriormente nuevas formas de que los estados intervengan en la economía para poder reactivar los mercados.

En los tiempos actuales,el mundo se encuentra transitando circunstancias difíciles producto de la pandemia. Argentina, no está exenta de esta situación y se ve afectada especialmente en lo que compete al empleo y la producción.

La merma en las ventas impacta directamente en comercios e industrias reduciendo los ingresos e incrementando el desempleo, afectando de este modo, empresarios y trabajadores.

A comienzo del mandato, el Gobierno Nacional estableció la Emergencia Pública y posteriormente promulgó una serie de Decretos para legislar el A.S.P.O (aislamiento social, preventivo y obligatorio).

En un contexto de especial excepción, el Estado Nacional Argentino intervine con políticas públicas para tutelar a aquellos que se encuentran en mayor situación de vulnerabilidad.

Entre la legislación promulgada, se destacan los Decretos 329/2020, 487/2020 y 624/2020 que establecieron, entre otras cosas, la prohibición de despedir. Dicha restricción se sostuvo con renovación periódica a los efectos de mitigar el desempleo durante la pandemia.

Sin embargo, las empresas pueden realizar retiros voluntarios, aceptar renuncias o desvinculaciones de mutuo acuerdo pagando una indemnización laboral. Asimismo, el Estado Nacional contuvo el impacto económico que sufren las empresas con programas tales como el R.E.P.R.O y hasta incluso, extendiendo programas de moratorias fiscales.

Entre las medidas de protección, existe la prestación por desempleo que se otorga al trabajador en relación de dependencia cuando el mismo haya sido despedido o su contratación laboral se extinga por causas no imputables al mismo, Ej.: despido sin justa causa o por quiebra del empleador.

El pago del beneficio depende de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), el trámite es sencillo y se puede realizar en el sitio web oficial en sucursal virtual. Consiste en la prestación médico asistencial, el pago de Asignaciones Familiares, una suma dineraria y permite realizar cómputo a los efectos previsionales (suma años de servicios pero no de contribuciones).

El Estado Nacional, interpretando las necesidades de los más vulnerables, se hace presente garantizando con políticas públicas de trabajo y seguridad social respetando la dignidad de la persona humana.

Considero que el Estado Nacional, debe intervenir para compensar las desigualdades y ordenar los factores de la producción haciendo de este modo, un país más solidario e inclusivo.

Entiendo que se avizora un futuro prometedor dónde habrá un mayor desarrollo económico gracias a la informática, las telecomunicaciones y la I.A (técnicas centrales que facilitan hoy el teletrabajo).

En estas circunstancias, podría darse en Argentina la salida de la crisis económica gracias a la “ciencia del conocimiento” ya que, incrementada por la pandemia, podrían darse nuevas formas de relacionarse como así también, cambios tecnológicos con modificaciones en las formas de producción debiendo ser el Estado interventor decisivo en la constitución de un nuevo pacto social teniendo por horizonte el bien común, conforme la doctrina del Papa Francisco.

 

 

 

JULIÁN LEONEL IGLESIAS

ABOGADO UBA

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