La AFIP otorga plazos especiales para afectados por el temporal

Suspendió por el lapso de 120 días la iniciación y cobro de juicios de ejecución fiscal, y también difiere, por el mismo lapso, el pago del Monotributo y del Régimen de Trabajadores Autónomos.
La Administración Federal deIngresos Públicos (AFIP) emitió hoy una resolución en la que fijó "plazos especiales para los contribuyentes afectados por el temporal", que afectó "fundamentalmente" a las ciudades de Buenos Aires y La Plata.

La Resolución General Nº 3.475 "suspende por el lapso de 120 días la iniciación y cobro de juicios de ejecución fiscal", y "también difiere, por el mismo lapso, el pago del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) y del Régimen de Trabajadores Autónomos".

La medida, difundida en un comunicado de prensa, "establece que los contribuyentes podrán acceder a los beneficios presentando en la Agencia en la cual se encuentren inscriptos los elementos que acrediten que fueron afectados por el temporal".

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