La AFIP creó un régimen de recaudación para las ventas por Internet que se aplicará a partir del 1 de enero próximo y hasta duplicará la facturación para los no inscriptos en el IVA
La AFIP reglamentó un régimen de recaudación para el comercio electrónico, por el que los portales que hacen de intermediarios deberán percibir el IVA al vendedor a partir del 1 de enero próximo.
Por la Resolución 2955, firmada ayer por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, y que se publica hoy en el Boletín Oficial, se crea el nuevo Régimen Especial de Ingreso de IVA para los portales de Internet.
Aquellos que utilizan la plataforma para comercializar sus productos estarán alcanzados por la percepción en caso de ser Responsables Inscriptos ante el IVA o si no acreditan su calidad de exentos o no alcanzados frente al tributo.
También deberán ser habitualistas, lo que se configura con ventas de más de 10 unidades por mes y cuando el monto total supere los $ 20.000 mensuales.
En cambio, los monotributistas que utilicen Internet para ventas no resultarán sujetos pasibles de percepción, aunque serán muy vigilados.
El fisco estima que las ventas a través de los portales alcanzará a $ 720 millones en 2010, y según sus análisis, el 33% de los contribuyentes que utilizan el comercio electrónico para sus ventas presentan irregularidades y el 8% no está inscripto.
La alícuota de percepción depende de la situación fiscal del vendedor. Si la conducta del contribuyente que ofrece el bien o servicio no presenta inconsistencias ante la AFIP, la percepción será del 1% sobre el monto de la operación. En caso de presentar observaciones, será del 3%. En caso de que el vendedor no sea un sujeto inscripto ante el fisco, la percepción será del 5%. O sea, que si un oferente vende $ 10.000, por la comisión –que es del 5%– la página cobra $ 500, pero con la percepción, el monto facturado subirá hasta a $ 1.000.
La AFIP destacó que los monotributistas no son sujetos pasibles de percepción, excepto cuando se verifique que se utilizó al Régimen Simplificado para ocultar la verdadera capacidad contributiva. Fuentes del organismo pusieron como ejemplo los supuestos pequeños contribuyentes que emiten facturas unitarias superiores al tope que fija la ley, que en el caso de muchas cámaras fotográficas y filmadoras, entre otros productos.
Las principales empresas que deberán percibir el IVA desde el año que viene son MercadoLibre, CMD y Clarín Global, en un primer escalón por su tamaño, y Anuntis Segunda Mano Argentina, Que Barato, OLX, De Motores, De Autos y Star Café Digital, en el que sigue a continuación, entre un total de unos 20 portales identificados por la AFIP en el país.

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