Advierten que no se puede imponer día y hora para cambio de productos

Advierten que no se puede imponer día y hora para cambio de productos
A partir de esta semana, la Subsecretaría de Comercio y Defensa del Consumidor realizará difusión y distribución de carteles que alertan sobre prohibición de restringir devoluciones de artículos adquiridos. La campaña se hará a poco más de un mes de una Ley Provincial en defensa de los derechos del comprador.

Con el objetivo de garantizar los derechos de los consumidores, a partir de esta semana se iniciará la difusión de la Ley Provincial Nº 6.219 y Decreto Nº 1729/2013 que dispone la prohibición de imponer días y horarios especiales para cambio de productos adquiridos en el marco de una relación comercial.

La normativa fue aprobada a fines de julio y ya está reglamentada, por lo que ahora se comenzará con una fuerte campaña de información en la que se aclare que "el comprador no está sujeto a restricciones de días y horarios para el cambio de un artículo".

El titular de la Subsecretaría de Comercio y Defensa del Consumidor de la Provincia, Juan José López Desimoni, en diálogo con EL LIBERTADOR manifestó que en los próximos días se distribuirán carteles en los que se consignará la prohibición de imponer días y horarios especiales para cambio.

"Los cambios se deberán hacer en el horario comercial del local. No se pueden poner límites", sostuvo, a lo que advirtió que los negocios deberán exhibir el cartel que se les entregará.

La Subsecretaría es el organismo de aplicación de la Ley y por eso repartirán y obligarán la exposición del cartel. Además también se mantuvo una reunión con las autoridades de la Asociación de la Producción, Industria y Comercio de Corrientes (Apicc) para que informen a sus asociados.

"Los anuncios serán entregados esta semana a todos los locales de la peatonal céntrica. Es una herramienta para que el consumidor reclame y si no se cumple con la disposición, lo podrá asentar en el libro de quejas", señaló.

DETALLES

La norma legal establece la prohibición de imponer días y horarios especiales para el cambio de un producto adquirido en el marco de una relación de consumo. Establece también que el propietario, gerente, encargado o responsable de cualquier local, comercio o establecimiento, es el responsable del cumplimiento de lo dispuesto, y que los locales deben exhibir en lugar bien visible, un cartel con la leyenda: "El consumidor no está sujeto a restricciones de días y horarios para el cambio de un producto" consignándose el número de la Ley 6.219".

De acuerdo con lo que precisó el subsecretario Desimoni, en caso de que el comercio no cumpla con el derecho y la negativa se encuentre registrada en el libro de quejas, podrá significar una sanción o incluso la clausura del local, según la gravedad del caso y las disposiciones vigentes.

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