La devaluación y las altas tasas hicieron que el revalúo impositivo debiera postergarse

La devaluación y las altas tasas hicieron que el revalúo impositivo debiera postergarse

El revalúo puede ser un negocio que, según el bien que se revalúe, le puede empatar o ganar a las Lebac en cuanto a tasa de retorno neta de inflación, por ejemplo en el caso de desarrolladores inmobiliarios o de maquinaria obsoleta. 

Pero el Gobierno tuvo que postergar su vencimiento (ver aparte) a raíz de la devaluación que hace que la gente prefiera mantener su posición en dólares antes que usar el dinero para pagar el impuesto especial de ajuste del valor de bienes. Y también porque para pagar ese gravamen se necesitará en muchos casos recurrir a un préstamo bancario que es inaccesible a las altas tasas que convalida el Banco Central.

"Con estas tasas y esta incertidumbre, el revalúo no va a tener todo el éxito que debería", fue el análisis que hizo Guillermo Pérez, de GNP Consultores, al exponer en el Encuentro Anual de Impuestos de IDEA, aunque agregó que "se merece al menos el análisis y no descartarlo por quedarse sólo con la ley, y tomarse el trabajo de buscar un buen asesor financiero".

 

 

Lo que se debe medir al hacer esa cuenta financiera es la composición de los bienes, entre bienes inmuebles como bienes de uso (8% de impuesto) y de cambio (15% de impuesto), acciones (5%) y el resto de los bienes (10%). Así también los años que le quedan de amortización a esos bienes, ya que en el caso de los inmuebles con el revalúo se reducen a la mitad y el valor del terreno, que no se amortiza. Conviene más para inmuebles bienes de cambio e inmuebles bienes de uso con años de antigüedad y en terrenos baratos.

 

 

Por otra parte, se debería conocer la inflación futura, ya que según dijo Pérez "pagando el impuesto al revalúo compro inflación pasada pero también futura": a partir de ese momento se podrán ajustar los bienes revaluados por inflación todos los años. Al respecto, el especialista mostró que de los últimos 193 años (1823-2016), durante 49 años la Argentina vivió en crisis, un 25% de su historia. Y esas crisis se debieron a la inflación. Por lo tanto, no es un problema que se solucionará en uno o dos años.

 

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Sobre las tasas de interés que hoy desalientan claramente el revalúo, Pérez confió en que en los próximos meses el Banco Central comenzará a bajarla.

 

 

El nuevo plazo para acceder sería al 28 de febrero de 2019, precisó Andrés Edelstein, subsecretario de Ingresos Públicos en una charla con algunos especialistas.

 

 

Eso implicaría que además de llevar el plazo de la ley a 12 meses, se le agregará los dos meses de alargue que son facultad de la AFIP.

 

 

La devaluación, otro de los elementos que juegan en contra de esta herramienta, es un imponderable que deberá resolverse también en los próximos tiempos, para Pérez.

 

 

En cambio, sobre la tasa de retorno que dejará el revalúo, Pérez dio ejemplos muy alentadores. En primer lugar, recordó que los bienes que se pueden revaluar son los siguientes:

 

 

- Inmuebles que no posean el carácter de bienes de cambio.

 

 

- Inmuebles que posean el carácter de bienes de cambio.

 

 

- Bienes muebles amortizables.

 

 

- Acciones, cuotas y participaciones sociales de entes argentinos.

 

 

- Minas, canteras, bosques y bienes análogos.

 

 

- Bienes intangibles.

 

 

- Resto de bienes.

 

 

En tanto que no se pueden revaluar los que siguen:

 

 

- Bienes de Cambio.

 

 

- Automóviles.

 

 

- Bienes que estén aplicando un régimen de amortización acelerada.

 

 

- Bienes exteriorizados a través del Régimen de Sinceramiento Fiscal.

 

 

- Bienes totalmente amortizados al cierre del período de la opción.

 

 

El importe del revalúo es la diferencia entre el valor residual impositivo del bien al cierre del período de la opción y el valor de origen residual a esa fecha.

 

 

La amortización del revalúo surge de dividir el importe del revalúo por los años (o trimestres, unidades de agotamiento, etc.) de vida útil restantes al cierre del período de la opción.

 

 

Para los bienes muebles amortizables, el plazo de vida útil restante del revalúo no podrá ser inferior a 5 años.

 

 

En los inmuebles que no tengan carácter de bienes de cambio y bienes intangibles, podrá amortizarse en el 50% de la vida útil remanente o 10 años, el plazo que resulte superior.

 

 

En este marco, las principales oportunidades de negocio con el revalúo son las siguientes:

 

 

- Bienes muebles amortizando a final de su vida útil

 

 

- Esos mismos bienes vendiéndoles a los tres años, ya que antes se reduce la aplicación del revalúo al 30% y al 60%.

 

 

- Bienes Inmuebles como bien de uso amortizando a final de su vida útil y esos mismos bienes vendidos a los tres años. Aunque también puede ser un gran negocio para desarrolladores inmobiliarios que compraron terrenos baratos, dijo Pérez

 

 

En ese marco, se puede llegar a 130% de tasa de retorno por encima de la inflación, en el caso de un bien inmueble cerca del fin de su vida útil en el que el terreno signifique el 20% de su valor, y a un 218% de tasa de retorno por encima de inflación si el inmueble se vende a los 3 años. Y en el caso de un inmueble como bien de cambio, a 100%.

 

 

En el caso de bienes muebles amortizables cercanos al fin de su vida útil, la tasa de retorno es de 170% y la tasa efectiva anual equivalente en caso de que se venda a los 3 años, de 39,25%, y le gana a las Lebac, enfatizó Pérez.

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