Coronavirus en Argentina: la Coalición Cívica advirtió que aplicar la Ley de Abastecimiento puede ocasionar más concentración económica y la quiebra de pymes

Coronavirus en Argentina: la Coalición Cívica advirtió que aplicar la Ley de Abastecimiento puede ocasionar más concentración económica y la quiebra de pymes

La posición figura en una carta enviada al Presidente y al ministro de Desarrollo Productivo Matías Kulfas. La agrupación alertó que la política de acordar precios máximos con las grandes empresas “pone en crisis a las más pequeñas” y pidió normalizar instituciones previstas en la Ley de Defensa de la Competencia

La Coalición Cívica ARI advirtió al Gobierno que la aplicación de la Ley de Abastecimiento puede llevar a una mayor concentración económica y a la quiebra de muchas de pequeñas y medianas empresas.

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La advertencia figura en una carta que el presidente de la Coalición Cívica ARI, Maximiliano Ferraro, y el diputado porteño Hernán Reyes le enviaron al presidente Alberto Fernández y al ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, en la que también piden que “sea devuelta al Senado la propuesta para la conformación de la Autoridad Nacional de Competencia”, que fue remitida para su aprobación en año pasado pero cuyo pliego fue retirado por el Gobierno. El argumento de los legisladores es que ese organismo permitiría tener la capacidad para “atenuar la concentración económica”.

Ferraro y Reyes destacaron que, “en observación de la realidad que nos toca vivir como argentinos respecto de la emergencia sanitaria, económica y social que generó la pandemia de COVID-19, le solicitamos una aplicación restrictiva de la Ley de Abastecimiento y una normalización de las instituciones previstas por la Ley de Defensa de la Competencia”.

Para la CC ARI, la fijación de precios máximos con las grandes empresas perjudica a las pymes

"Hay que asumir que algunos oferentes perecerán ante la falta de demanda e imposibilidad de financiación de sus costos fijos, con el riesgo de su corrimiento definitivo del mercado. Asimismo, las diferentes situaciones patrimoniales y de flujo de caja entre las grandes empresas que pueden afrontar la nueva realidad y las pymes durante la etapa de aislamiento pueden devenir en agresivas políticas de adquisición de los fondos de comercio y/o las sociedades pymes por parte de sus competidores”, afirmaron Ferraro y Reyes en su carta.

Sostuvieron que “el aislamiento preventivo, social y obligatorio, consecuencia de la pandemia, ha generado una situación que favorece las condiciones para una importante distorsión respecto del normal funcionamiento de la oferta y la demanda de productos en Argentina".

Para los legisladores de la CC ARI, “la Ley de Abastecimiento debe responder exclusivamente a atenuar las condiciones de aprovechamiento indebido de una situación de desabastecimiento, la que solamente se observa en el ámbito de los insumos médicos y algunos productos específicos alimenticios y otros que tienen relación directa con la prevención del COVID-19”.

Controles de precios de la AFIP en los supermercados

“Las políticas acordadas de precios máximos a las que arriba el Gobierno Nacional con ciertos grandes operadores del mercado ponen en crisis a las más pequeñas. Una política demasiado rígida en la fijación de precios máximos, que se extienda sobre la cadena de valor alimenticia completa, solamente agrava la situación respecto de las pymes que no estén en condiciones de financiar una política de precios. Esto es sabido por parte de las grandes empresas, que pueden compensar sus pérdidas gracias a su poder de mercado. La política de fijación de precios máximos solamente puede ser soportada por aquellas empresas con respaldo financiero suficiente”, agregaron.

Por eso, Ferraro y Reyes propusieron "circunscribir la política de precios máximos exclusivamente a los mercados afectados por el desabastecimiento o con riesgo real de padecerlo y excluir expresamente a los productos de las micro, pequeñas y medianas empresas”.

“Consideramos indispensable que se establezca la suspensión de las medidas de clausura provisoria -agregaron-. Este tipo de sanciones resultan en una restricción en la oferta, y ello permite la consolidación de mayores abusos. No es oportuno que la Secretaría de Comercio convalide las clausuras provisorias o la confiscación de productos para su enajenación forzosa”.

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