Vuelto: el redondeo debe favorecer al usuario

Vuelto: el redondeo debe favorecer al usuario
El concejal justicialista Guillermo López Salgado, recordó la plena vigencia de la Ordenanza Nº 6463/13 que regula el redondeo del boleto urbano de pasajeros a favor de los usuarios que hoy sufren la habitual práctica de los choferes de no dar el vuelto.
Señaló que la norma se encuentra vigente desde el mes de mayo del año 2013 y no se vienen realizando los controles correspondientes.

El edil expresó que “en relación a las innumerables quejas de usuarios del servicio de transporte debido a la falta de vuelto por parte de la empresas del transporte de pasajeros, recordó la plena vigencia de la Ordenanza Nº 6463/13, del redondeo del boleto a favor de los usuarios”.

“La citada Ordenanza, que me tuvo como autor conjuntamente con la entonces concejal Patricia Armella, establece que cuando surgieren del monto total a pagar por el usuario diferencias menores a un peso ($ 1,00) y fuere imposible la devolución del vuelto, la diferencia será siempre a favor del usuario, en ningún caso los choferes podrán rehusarse a transportar pasajeros por falta de vuelto”, indicó el edil.

López Salgado manifestó “asimismo la norma establece que las empresas de transporte deberán exhibir en las unidades un cartel que transcriba lo estipulado sobre el redondeo a favor del usuario, lo cual no se viene dando cumplimiento en la generalidad de los casos, por lo cual presenté un proyecto para que el Departamento Ejecutivo arbitre los medios para el cumplimiento de la mencionada Ordenanza, la que se encuentra vigente desde el mes de mayo del año 2013 y no se vienen realizando los controles correspondientes en este sentido”.

Aclaró que “ante la nueva tarifa del precio del boleto de $ 4,25, en caso de no contar los choferes con el vuelto que corresponda, deberán cobrar la tarifa de $ 4,00, aplicando el redondeo a favor del usuario”.

El art. 3º de la referida Ordenanza, prevé que en caso de incumplimiento a la aplicación del redondeo del vuelto, la empresa será sancionada con una multa equivalente a 500 Unidades Fijas, duplicándose en caso de reincidencia. Cabe aclarar que el valor de una (1) unidad fija es el equivalente a un litro de nafta súper.

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