El vertido de líquidos crudos no es una cuestión que se pueda considerar aceptable

El vertido de líquidos crudos no es una cuestión que se pueda considerar aceptable

A raíz de la rotura de un caño de Obras Sanitarias hace más de un mes ubicado a la vera de la Ruta Nacional 3, en cercanías al barrio Chacra XIII, el Municipio arroja los efluentes cloacales de los barrios Aeropuerto, Bishop, San Martín y Parque Industrial directamente al río Grande, los cuáles son vertidos desde la estación elevadora de calle Sarmiento.

Aún se desconocen las causas de la rotura del caño, pero el Municipio no arregló el mismo, y tomó la decisión que pone en riesgo el medio ambiente y la salud de los vecinos, teniendo en cuenta que esto se encuentra apenas a unos 10 kilómetros del lugar en el cual se potabiliza el agua que luego reciben los vecinos, como lo es la Planta del Tropezón.

 

Ante las denuncias radicadas por los vecinos, en el lugar se hizo presente el director General de Políticas y Gestión Ambiental Juan Cejas, quien señaló que “hemos venido a constatar un hecho que se está denunciando por las distintas redes sociales sobre el volcamiento de efluentes, en este caso se trata de un volcamiento de un efluente que procede de la planta elevadora que el Municipio ha construido en la zona del Parque Industrial para poder elevar los líquidos hacia la zona del mar, que están más altos, y evidentemente por algún tipo de problemas están siendo volcados a un canal que vuelca directamente en el río Grande”.

 

 

Por tal motivo mantuvo que “teniendo en cuenta la importancia que tiene el cuerpo de agua dulce para nuestra provincia, como así también a nivel municipal la tiene porque es la fuente de provisión de agua potable, el volcamiento de líquidos crudos no es una cuestión que se pueda considerar aceptable, por el contrario la ley 55 de medio ambiente dice que es una violación administrativa, de contaminación, por esa razón nosotros nos hemos hecho presentes para poder constatar y documentar este hecho contaminante, y ponernos en contacto con las autoridades municipales para poder darle una solución al tema, o preguntarle a ellos que solución tienen pensado para este problema, porque esta descarga no es una vía aceptable desde el punto de vista ambiental”.

 

Asimismo consideró que por “tratarse de líquidos, y pluviales cloacales se están juntando con las descargas cloacales, esto es conducido al río Grande, y esta unidad de efluentes no tratadas constituye un hecho contaminante, que es violatorio de la ley 55 de medio ambiente, que tiene límites establecidos, que al no tener tratamiento, no va a estar cumpliendo con esta norma, por lo cual nosotros vamos a realizar los muestreos pertinentes, y se va a determinar después en el marco de un procedimiento administrativo sumario para determinar las responsabilidades”.

 

Puntualizó que al “Municipio nosotros le hemos pedido en reiteradas ocasiones informes respecto a las conducciones pluvio cloacales del Parque Industrial, y no hemos recibido información, la que nosotros esperamos y que necesita la gente de recursos hídricos para poder hacer los informes pertinentes, y no solamente actuar como autoridad de aplicación con fuerza sancionatoria, sino colaborar en la solución de la cuestión”.

 

Cejas remarcó que “todo volcamiento de efluentes no tratados que exceda los parámetros establecidos en la ley 55, y su decreto reglamentario 1333/93 constituye un hecho contaminante, y por la tanto violatorio de la ley que rige la prevención de esa contaminación”, dijo, al tiempo que agregó que la “ley 55 busca proteger el agua, el suelo, y el aire de nuestra provincia, y esto es una contaminación al agua”.

 

Por último expresó que el “nivel contaminante se determina a través de muestreos y análisis en laboratorios, los cuáles los vamos a llevar adelante, y hoy (por ayer) estamos llevando a cabo una determinación que se conoce in situ como organoléptica, es decir determinando que en el lugar hay olor nauseabundo, característico de efluentes de tipo cloacal, lo cual nos lleva a profundizar las acciones administrativas”.

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