Con la venta Costa Salguero frenada en la justicia, Larreta vuelve a estirar la concesión

Con la venta Costa Salguero frenada en la justicia, Larreta vuelve a estirar la concesión

A través de la Resolución N° 88/SSABI/21, el Gobierno porteño prorrogó nuevamente la concesión de Costa Salguero. El plan es extender la concesión hasta lograr destrabar el freno judicial a la venta del predio.

Contradiciendo a la propia Constitución porteña, el Gobierno de la Ciudad prorrogó nuevamente esta semana la concesión del predio de Costa Salguero a la empresa Telemetrix SA, históricamente ligada a la diputada del Pro, Carmen Polledo. La extensión del contrato será hasta junio de 2022, y de fondo está la urgencia del Ejecutivo que conduce Horacio Rodríguez Larreta de mantener la privatización de los terrenos a la espera de que la Corte local defina la venta, trabada por dos fallos que hasta ahora frenaron el negocio inmobiliario.

El plan del Gobierno porteño es que todo el contorno ribereño se transforme en un espacio de explotación comercial e inmobiliaria. Detrás del discurso gubernamental de «recuperar la costanera», se pretende encubrir un cúmulo de acciones orientadas a entregar a manos privadas la mayor cantidad posible de superficie de la costanera perteneciente a la ciudadanía.

El caso paradigmático es el predio de Costa Salguero concesionado a la empresa Telemetrix hace 30 años. Esta concesión venció el 30 de abril de 2021. De forma muy previsora, el GCBA activó la discusión de leyes para impedir que la totalidad del predio sea destinado al uso común de la ciudadanía una vez vencida la concesión.

Antes de la finalización de la concesión, en el año 2018, el GCBA aprobó la Ley N°5961 que autorizó a concesionar el predio por 10 años más. Esta decisión privatizadora fue llamada creación del Distrito Joven.

Un año después, el GCBA decidió pasar de una privatización transitoria (Concesión) a una privatización definitiva (venta). Así, se votó la Ley N° 6289. Esta ley que autorizó la venta del predio fue declarada inconstitucional por la justicia. A pesar de esto, la Legislatura porteña, el 2 de diciembre del año pasado, sancionó definitivamente laLey N° 6475, que autorizó la construcción de torres en Costa Salguero. De esta forma, si se destraba la venta en la justicia, estaría todo listo para vender el predio con la capacidad de construir una muralla de edificios.

Con el freno judicial aún vigente, el GCBA decidió extender la concesión. El 5 de febrero de 2021, el GCBA a través de la Resolución Nº 3/SSABI/21 de la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles, a cargo del Sr. Carlos Alberto Rapisarda, decidió prorrogar a la firma TELEMETRIX S.A. la vigencia del contrato de concesión sobre la totalidad del terreno conocido como «Costa Salguero”, desde el 1° de mayo de 2021, hasta el 31 de julio de 2021 para los Sectores Nº1 a Nº6, Nº9 a Nº16, Nº19 y Nº23 a Nº24, y hasta el 31 de diciembre de 2021para los sectores Nº7 a Nº8, Nº17 a Nº18, Nº20 a Nº22 y las Playas de Estacionamiento N° 2 y 4.

Con posterioridad, la Resolución N° 45/SSABI/2020, de fecha 4 de agosto de 2021, prorrogó, por segunda vez, la concesión. El plazo se amplió hasta el 31 de diciembre de 2022 respecto de la totalidad de los espacios restantes con excepción de los sectores Nº 9 y 10 (El sector explotado por Borders Parking S.R.L. y el sector del Golf) cuyo plazo de finalización fue estipulado para el 31 de diciembre de 2021.

Ahora, a través de la Resolución N° 88/SSABI/21, dictada el 30 de diciembre de 2021, extendió la concesión de los sectores N° 9 y N° 10 que vencía a fin del año pasado hasta el 30 de Junio de 2022.

PARA EL GCBA LA PRIVATIZACIÓN ES MEJOR QUE EL USO POR PARTE DE LA CIUDADANÍA

En el considerando de esa última Resolución el GCBA argumenta, para extender la prórroga, que:

a.«El Presidente del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires puso en conocimiento de esta repartición diversas presentaciones efectuadas por la Asociación Buenos Aires Convention&Visitors Bureau, la Cámara Argentina de Turismo, la Asociación Argentina de Organizadores y Proveedores de Exposiciones, Congresos, Eventos y de Burós de Convenciones, y Centro Costa Salguero S.A., todas ellas motivadas por la sanción de la Ley N° 6.289, mediante las cuales se advierte que actualmente, el Centro de Exposiciones y Convenciones Costa Salguero constituye una de las principales sedes de los eventos que se realizan en la Ciudad de Buenos Aires, por lo cual representa un hito fundamental para el denominado “turismo de reuniones».

El mismo argumento utilizó el GCBA para poner a disposición tierra pública y costear la construcción del Centro de Convenciones al lado de la Facultad de Derecho que luego fue concesionado llave en mano a la Sociedad Rural S.A. y a IRSA.

b. Por Nota Nº NO-2021-38578245-GCABADGADB se puso de manifiesto que: “…el inmueble por el cual se consulta en caso de procederse a su desocupación ante las dimensiones y particularidades del mismo, existe una alta posibilidad de que pudieran ocurrir intrusiones y actos de vandalismo. En este sentido es dable aclarar que se deberá contar con el presupuesto necesario para afrontar los costos de custodia y mantenimiento hasta tanto se produzca la efectiva disposición y posterior toma de posesión por el eventual adquirente. Ante tal escenario, es importante destacar que la ocupación del predio, como ocurre actualmente, garantiza la seguridad y mantenimiento general del mismo y, en particular, además, la realización continuada de trabajos de defensa de costa y cuidado del relleno…”; Que continúa expresando que: “…En relación a la estimación del costo que insumiría la custodia del inmueble en caso de quedar desocupado, se recuerda que oportunamente la Dirección General Seguridad Privada y Custodia de Bienes mediante NO-2021-23064993-GCABA-DGSPCB estimó un presupuesto mensual aproximado en concepto de Seguridad Física de $16.520.295,87…”.

Esta es una de las clásicas extorsiones con las que el GCBA somete a la ciudadanía. Si un predio público no está privatizado, corre el riesgo de ser intrusado y además implica un gasto porque se debe garantizar seguridad. Con esta perspectiva,resultaría más conveniente que todo espacio público y verde de la ciudad se encuentre privatizado.

Para el GCBA, en vez de gastar para cuidar un predio para que sea parque público resulta más rentable obtener dinero del canon que pague la concesionario. ¿Cuánto dinero nos deja la concesión? Telemetrix abonó un canon de $ 1.069.641 mensuales por el período noviembre 2020 a abril 2021. El predio de Costa Salguero tiene una superficie de 185.515 m2. Por lo tanto, la concesionaria pagaba tan solo $5,75 por m2 de superficie sin contabilizar los m2 construidos donde, por ejemplo, solo los pabellones sumarían 20 mil m2 más. La mitad del predio está cubierto de edificios (98.942 m2). Con estos valores, por un departamento de 50 m2, Telemetrix pagaría $288, casi un monto 100 veces menos al del mercado. Durante los meses de abril a noviembre de 2020, se suspendió el cobro del canon por el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a Telemetrix. En diciembre de 2020, se dispuso dejar sin efecto la suspensión de cobro del canon, debiendo abonar un monto resultante de aplicar el 52% sobre el valor del canon vigente a ese momento, y hasta tanto se rehabilitara en un 100% la actividad para la que fue concesionado.

LAS PRÓRROGAS SON INCONSTITUCIONALES E ILEGALES

El predio de Costa Salguero tiene como destino actual el de Parque Público y, por tanto, resulta inconstitucional toda privatización o prórroga de privatización sobre este predio. El artículo 8º de la CCABA establece que los espacios que forman parte del contorno ribereño de la Ciudad son públicos y de libre acceso y circulación. En la misma senda, el artículo 27, inciso 3, promueve el incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras, y garantiza su uso común.

Por lo tanto, estas sucesivas prórrogas de la concesión son inconstitucionales.

El GCBA sostiene que se encuentra habilitado por la Ley de Emergencia Económica y Financiera N° 6.301que declaró la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2020. La Ley N° 6.384 la prorrogó hasta el 31 de diciembre del 2021. Según el GCBA estas leyes (art. 12 de la Ley N° 6301 y el art. 14 de la Ley N° 6384)  facultan al Poder Ejecutivo a disponer la revisión de la totalidad de los procesos que se encuentren en trámite o en curso de ejecución referentes a compras y contrataciones de bienes, de servicios, de suministros, de obra pública, de concesiones y permisos, celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ley. Según la normativa, estas facultades implican la posibilidad de suspender, resolver, revocar, rescindir, o modificar las condiciones esenciales de las contrataciones en cuestión y en virtud de razones de oportunidad, mérito o conveniencia, siempre que ello resulte financiera o económicamente más conveniente para el interés público, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad.

Esta facultad fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2022 por la Ley N° 6507 que aprobó el presupuesto de la Ciudad.

La Resolución soslaya que el último párrafo del art. 14 de la Ley N° 6384y de la Ley N° 6507 dispone: «Cuando la modificación en las condiciones esenciales de las concesiones y permisos, implique la extensión del plazo convenido oportunamente, será de aplicación el artículo 82 inc. 5) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires».

El inciso 5 del art. 82 de la Constitución de la Ciudad establece que la Legislatura, con la mayoría de los dos tercios del total de sus miembros: «5. Aprueba toda concesión, permiso de uso o constitución de cualquier derecho sobre inmuebles del dominio público de la Ciudad, por más de cinco años.

Ninguna de las prórrogas obtuvo la aprobación legislativa. Es decir, el Poder Ejecutivo no cumple ni las leyes que promulga.

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