Velázquez quiere expropiar los terrenos usurpados de la Margen Sur

El proyecto declara de utilidad pública y sujetos a expropiación el inmueble ubicado como parcela 1, Macizo 151, Sección K, Departamento de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego.
El bien declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación mencionado en el articulo 1º se limita al terreno o lote, quedando excluido todo lo edificado, plantado o de cualquier forma adherido al suelo y mejoras que contienen los mismos.

La indemnización correspondiente a los expropiados será fijada por el Tribunal de Tasación de la Nación

La fracción especificada en el artículo primero será subdivida en parcelas, mediante la mensura de fraccionamiento correspondiente y destinadas a satisfacer necesidades sociales de acceso a la vivienda de familias y producción a escala doméstica y regularizando el dominio, priorizando la adjudicación de las mismas a sus reales y actuales ocupantes, quedando autorizado al mismo el Instituto Provincial de la Vivienda.

Es sujeto expropiante el Poder Ejecutivo Provincial a cuyo cargo estarán todos los gastos, tramitación y procedimiento que demande la presente, quedando facultado para suscribir convenios con el municipio de Río Grande para el mejor cumplimiento de este fin.

Además, en el proyecto se autoriza al Ministerio de Economía de la provincia a realizar las modificaciones presupuestarias que el cumplimiento de la presente ley requiera.

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