Por "trámites inútiles" prescribió la causa Altec

Por "trámites inútiles" prescribió la causa Altec
Pasaron nueve años desde que se denunció el presunto desvío de fondos de la empresa rionegrina. Con críticas a la fiscalía, la Cámara de Bariloche anuló todo y ordenó la prescripción.

La Cámara Criminal Segunda declaró nula la elevación a juicio de la causa que investigó durante nueve años la presunta defraudación al Estado provincial endilgada al expresidente de Altec, Guillermo Campbell, y consideró prescripta la acción penal impulsada en 2004 por los legisladores del exbloque Encuentro. Se trata del expediente que se sumó a la primera denuncia realizada por el actual vicegobernador Carlos Peralta, que años después fue dividida por el juez de instrucción Miguel Gaimaro Pozzi.

Este segundo tramo ventiló la supuesta desviación de $ 620.000 de Altec mediante "facturas apócrifas". La maniobra detectada por al AFIP entre 2000 y 2002 dejó un perjuicio de $ 1.353.917 al erario provincial, que debió pagar las multas y punitorios del organismo nacional.

La resolución que declaró la prescripción fue firmada por los jueces César Lanfranchi, Silvia Baquero Lazcano y Héctor Leguizamón Pondal el 12 de diciembre pasado y quedó firme a principios de febrero, pero recién tomó estado público ayer.

Lanfranchi hizo en el voto rector duros reproches al fiscal Eduardo Fernández por las falencias y la dilación "sin justificación explícita" de la investigación, que a su entender superó "numerosas veces el plazo legal previsto en el Código Procesal Penal". El magistrado consideró que la causa prescribió el 11 de diciembre de 2009 en razón de que Campbell renunció a la presidencia de Altec en diciembre de 2003, fecha a partir de la cual comenzó a correr la acción penal. También advirtió que el último acto de presunta sustracción de dinero de la empresa data del 22 de noviembre de 2001.

Lanfranchi destacó que la investigación se convirtió en "una causa complejizada por los operadores a cargo de la instrucción" y señaló que pasaron más de seis años desde la última prueba producida, con la incorporación al expediente de la pericial del contador Luis Bonessa. "Desde entonces no se ha producido prueba alguna que pueda conectarse con el reproche penal que nos ha convocado" aclaró.

"Como puede apreciarse, a la ausencia de concentración y diligencia sucedida los dos primeros años de investigación preparatoria, se sumaron desorientación sistemática y trámites inusitadamente inútiles durante los seis años siguientes", resumió en su evaluación del trabajo del fiscal.

En función de la prescripción definida, Lanfranchi anuló las indagatorias tomadas en diciembre de 2010 y la requisitoria de elevación a juicio derivada de las mismas y sobreseyó a Campbell por "extinción de la acción penal".

El juez reprochó que el fiscal no acreditó la presunta sustracción de dinero o desvío de fondos, ni identificó adecuadamente al responsable de la maniobra. En cuanto al reconocimiento de las facturas objetadas realizado por Campbell ante la AFIP sostuvo que no constituye una conducta delictiva. "Haber pagado los intereses y multas al Erario Público Nacional (…) como consecuencia del hallazgo de instrumentación falsa de operaciones declaradas en detrimento de obligaciones impositivas. Esta conducta no asume condición delictiva autónoma, sino que sólo sirve para conocer el resultado perjudicial total, derivado de conductas que reúnan las demás circunstancias del tipo penal elegido", sostuvo.

En el primer juicio, realizado en junio pasado, se ventiló la supuesta simulación de compra de 42 neumáticos y 40 baterías por $ 47.916 a una firma inscripta como panadería, y la adquisición de 6.000 autoadhesivos por $5.082. Las facturas fueron objetadas en una investigación de la AFIP que las consideró "apócrifas".

En esa causa los exdirectivos de Altec, Campbell y Haroldo Lezcano, fueron absueltos luego de que el fiscal de Cámara Enrique Sánchez Gavier retirara los cargos por considerar que no se había probado ninguno de los hechos.

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