El juez le preguntará a la empresa por qué no se informó inmediatamente.
El martes 3, sobre las 14.15, explotó un reactor en la planta de polietileno de baja densidad de la compañía ubicada en el Polo Petroquímico.
El próximo martes la empresa Dow deberá concurrir a la audiencia establecida por el Juzgado de Faltas para ensayar su descargo en relación a los incidentes del 3 de noviembre, cuando se registró una explosión seguida por un incendio en su planta de polietileno de baja densidad.
El juez Ricardo Germani buscará determinar si el incidente realmente merecía ser calificado como de Nivel 1 o, como sugieren algunos otros datos, podría ser encuadrado en el Nivel 2 de peligrosidad.
El Juzgado es la autoridad interviniente en este tipo de casos (ordenanza municipal Nº 17087) y el que establece las multas correspondientes de acuerdo con su gravedad, pudiendo variar la misma entre uno y cien sueldos municipales (12 mil y 1,2 millones de pesos).
Germani señaló ayer a "La Nueva." que una de las inquietudes que manifestará a la firma del Polo Petroquímico es por qué no cumplimentó la exigencia que establece la normativa en relación a la obligación de informar, "de manera inmediata", este tipo de incidentes mediante los medios de comunicación, en particular recurriendo a Radio Nacional.
Otro de las cuestiones que buscará determinar el magistrado es definir si lo ocurrido se encuadra efectivamente en un incidente de Nivel 1 --tal como lo calificó el Comité Técnico Ejecutivo (CTE, organismo municipal de monitoreo), en coincidencia con la empresa y Defensa Civil-- o si por sus características merecía una calificación más elevada, lo cual podría variar la sanción a aplicar.
"La ley dice que los que pueden calificar el nivel de la emergencia son los técnicos del CTE, pero eso no significa que cuando este Juzgado evalúa los hechos no tenga una discrepancia con esa decisión. En este caso en particular, y de acuerdo con lo que pude leer en las actas, podría suceder que lo ocurrido merezca ser incluido en un nivel 2", dijo Germani.
A poco de registrada la explosión, el CTE mencionó que no correspondía sancionar a la empresa, modificando luego esa decisión al comprobar que no había cumplido con la obligación de dar inmediata publicidad de lo ocurrido a través de los medios públicos de comunicación.
César Pérez, titular del CTE, explicó que la sanción corresponde a ese comportamiento, que debiera haber hecho público “dentro de los 30 minutos posteriores a lo ocurrido" mediante un comunicado oficial sobre la situación.
Así lo establece, agregó el funcionario, el Plan de Respuestas a Emergencias Tecnológicas (PRET).
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