Trabajan en el desarrollo de un Mapa del delito

El Gobierno Municipal de Olavarría solicitará al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la FAM y la Jefatura Departamental de Seguridad local la asistencia técnica para el desarrollo de un Mapa del Delito de Olavarría. Los detalles.

En representación del Intendente Municipal, José M. Eseverri, el secretario de jefatura de Gabinete Héctor L. Vitale, participó de un encuentro organizado por el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Federación Argentina de Municipios, encabezada por su presidente Julio Cesar Pereyra, sobre la utilización de datos estadísticos sobre seguridad y la elaboración de un Mapa de Delito, llevada a cabo en el teatro Argentino de La Plata.

En dicha reunión de trabajo de la que participaron también técnicos del Observatorio de Seguridad Ciudadana de la Provincia, se informó sobre el convenio de colaboración suscripto entre la Federación Argentina de Municipios y el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires referente al procesamiento estadístico, la sistematización y la utilización para la toma de decisiones de los datos remitidos por las Jefaturas departamentales referente a eventos delictivos y violencia ocurridos en el distrito.

Mapeo Criminal

Asimismo se realizó una exposición sobre el proceso que mediante el empleo de Sistemas de Información Geográfica (SIG) se realizan análisis espaciales de problemas delictivos.

Por tal motivo, el Gobierno Municipal de Olavarría solicitará al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la FAM y la Jefatura Departamental de Seguridad local la asistencia técnica para el desarrollo de un Mapa del Delito de Olavarria que comprenda los objetivos siguientes: •Facilitar los análisis visuales y estadísticos de la naturaleza espacial de los delitos •Permitir la integración de múltiples fuentes de datos basándose en variables geográficas •Proveer de representaciones cartográficas que comunican los análisis resultantes •Predecir comportamientos delictivos y evaluar el impacto en el espacio de políticas y estrategias implementadas. Colaboración de la Jefatura Departamental de Seguridad El Intendente Municipal, José M. Eseverri, coordinará por intermedio de la Secretaría de Jefatura de Gabinete la colaboración de la Jefatura Departamental de Seguridad de la Policía de la Provincia de Buenos Aires en el suministro y análisis mensual conjunto de la siguiente información: •Numérica delictual mensual por comisaría •Mapa de zonas calientes para delitos prevenibles por mes •Mapa de Intensidad Delictiva para delitos prevenibles por mes •Eventos registrados de Drogas, incluyendo la cantidad de procedimientos, aprehendidos y secuestros por mes •Accidentes de tránsito por mes •Delitos de piratería del asfalto por mes •Delitos de cuatrerismo por mes •Faltas por mes •Llamadas por servicio al 911 o 101.-

Convenio marco suscripto entre la FAM y Ministerio

El convenio que se suscribió y que luego deberán hacer cada municipio con la Federación de Municipios es el siguiente: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE MUNICIPIOS Y EL MINISTERIO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de Octubre de 2010, se firmo entre el Presidente de la Federación Argentina de Municipios Sr. Julio César Pereyra y el Ministro de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires Sr. Eduardo Camaño un Convenio de transferencia de información entre las Departamentales de Seguridad y los Municipios sujeto a las cláusulas que se enumeran a continuación: PRIMERA. OBJETO. El CONVENIO tiene por objeto establecer las pautas a las que se sujetará el envío de determinada información en materia de eventos delictivos y violencia ocurridos en la Provincia de Buenos Aires desde las fuerzas policiales de dicha Provincia a cada Municipio de la misma, a los efectos de que cada Municipio desarrolle políticas y actividades de gestión local de la seguridad. SEGUNDA. PAUTAS GENERALES. El envío de la información se sujetará a las siguientes pautas generales: 2.1. Toda la información será enviada por cada Jefatura Departamental de Seguridad existente, y las que pudieran crearse en el futuro, directamente a cada uno de los Municipios que correspondan a su competencia. 2.2. En el caso de la información que no sea producida y/o no se encuentre en poder de las Jefaturas Departamentales de Seguridad sino de otras estructuras policiales (Superintendencia de Investigaciones en Función Judicial, Superintendencia de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas, Superintendencia Policía de Seguridad Vial y Dirección de Seguridad de Islas), cada Jefatura Departamental de Seguridad recabará y enviará la información en poder de dichas estructuras correspondiente a los partidos de su competencia. 2.3. Toda la información será enviada en forma mensual; cada envío contendrá la información del mes anterior. 2.4. Cada Jefatura Departamental de Seguridad procurará realizar un solo envío mensual conteniendo toda la información que se detalla en la cláusula TERCERA. 2.5. El envío completo de la información del mes anterior se realizará en un plazo no mayor a QUINCE (15) días corridos desde la finalización del mes sobre el que verse la información. 2.6. La Información podrá ser remitida por cualquier medio que los representantes de cada Jefatura Departamental de Seguridad y de cada Municipio estimen conveniente, y preferentemente por medios electrónicos. 2.7. En todos los casos, la información a enviar será numérica, sin identificación de personas. TERCERA. PAUTAS ESPECÍFICAS. Cada Jefatura Departamental de Seguridad enviará a cada Municipio de su competencia, como mínimo, la siguiente información: 3.1. Numérica delictual por mes y comisaría, incluyendo los anexos I, II y III para la categoría “otros”. 3.2. Mapa de Zonas Calientes para delitos prevenibles por mes y por partido. 3.3. Mapa de Intensidad Delictiva para delitos prevenibles por mes y por partido. 3.4. Eventos registrados de Drogas, incluyendo la cantidad de procedimientos, aprehendidos, secuestros por mes y por partido. 3.5. Accidentes de Tránsito por mes y por partido. 3.6. Delitos de Piratería del Asfalto por mes y por partido. 3.7. Delitos de Cuatrerismo por mes y por partido. 3.8. Faltas por mes y por partido. 3.9. Llamadas por servicio al “911” o “101”, según corresponda, por mes y por Partido. CUARTA. CONFIDENCIALIDAD. Todos los funcionarios y el personal de los Municipios guardarán estricta confidencialidad de todos los datos y/o información obtenida como consecuencia del CONVENIO, teniendo presente que en cuanto a la información remitida aún faltan realizar procesos de revisión y convalidación a nivel central, necesarios para su consolidación estadística. QUINTA: REPRESENTANTES. 5.1. A los fines de la coordinación de tareas que pudiera requerir el CONVENIO, cada Jefatura Departamental de Seguridad y cada Municipio designará UN (1) representante, de lo cual notificará a la otra parte en forma fehaciente en un plazo no mayor a DIEZ (10) días desde la firma del CONVENIO. 5.2. El representante de cada Jefatura Departamental de Seguridad será su propio titular o quien este designe. El representante de cada Municipio será el Intendente o quien éste designe según la estructura de gobierno del Municipio. 5.3. Cada Jefatura Departamental de Seguridad y cada Municipio podrá modificar la designación de su representante en cualquier momento durante la vigencia del CONVENIO, debiendo notificar a la otra parte en forma fehaciente con un plazo de anticipación no menor a TREINTA (30) días corridos. SEXTA. Los Municipios asumen el deber de informar, a pedido del Ministerio de Justicia y Seguridad, acerca de todas aquellas acciones de carácter preventivo que en el nivel de su competencia hayan puesto en funcionamiento para contrarrestar las situaciones advertidas en relación a los delitos. SÉPTIMA. VIGENCIA. El CONVENIO tendrá una vigencia de UN (1) año desde el momento de su firma y se renovará en forma automática por el mismo período de no existir objeción de alguna de las partes.

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