Tarifazo en Tres Arroyos, ahora el gas

Los tresarroyenses tendrán que ajustar más de lo imaginado el cinturón. Las facturas de gas experimentarán un incremento mucho mayor que cualquier aumento de sueldo y que una mejor negociación en paritarias. 

Algunos podrán especular que en el caso de Tres Arroyos, el incremento es aún mayor dado el amparo que regía para el valor del metro cúbico de gas. Esto es en parte cierto, aunque si se analizan los valores que pagaban por el mismo concepto en otros municipios sin amparo, también la suba se va por las nubes.

El año pasado, con un consumo de 757 metros cúbicos, el usuario abonó 622,98 pesos. Con el mismo consumo ahora deberá pagar 3837 pesos.

Ante ese escalofriante escenario no quedará otra alternativa que ahorrar energía, cuidar mucho el consumo y tener bastante menos calefaccionadas las casas, comercios y ambientes en general.

También es importante destacar que elegimos políticos, representantes del pueblo que deberían estar preocupados por esta suba indiscriminada, abrupta y brutal.

Tal vez, luego de leer esta nota, alguien tome las riendas de la cuestión y nos ampare de tanto ajuste y tarifazos que derrumban día a día la economía de los hogares.

Otro párrafo aparte es el de las empresas, comercios e industrias. Son actores que ya sufren el impacto del aumento del costo de la electricidad, la luz. Ahora la factura del gas los dejará en una posición difícil y se espera que ese incremento no redunde en desempleo, suba de precios y despidos.

Una vez dicho esto, vamos al caso que nos ocupa. Este aumento se basa en la resolución del Enargas (Ente Nacional Regulador del Gas) i/3732 del 31 de marzo, el decreto 367 del 16 de febrero de este año y las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación N° 28/16 y 31/16. El nuevo cuadro tarifario empezó a regir a partir del 1° de abril.

 

Evolución del costo del m3

Ahora bien, repasemos la evolución del costo del metro cúbico de gas. Cuando se dispuso el aumento de 2014, Tres Arroyos, a través de un  amparo presentado en el Juzgado Federal de Necochea, quedó exceptuado del mismo. En el resto de los municipios, que no presentaron amparos, el incremento fue en tres etapas: 1º de abril de 2014; 1º de junio de 2014 y 1º de agosto de 2014.

Por otra parte, de acuerdo al ahorro que se hacía con respecto al mismo bimestre del año anterior, había un escalafón que determinaba que cuanto más se ahorraba en consumo, menos iba a ser el aumento (ahorro de más del 20%, entre 5 y 20% y menos de 5%, según el ahorro).

La última actualización del costo del metro cúbico fue en junio 2001, es decir que el valor de 0,22 pesos no se modifica desde ese momento en Tres Arroyos (por el amparo).

Hace 15 años que el monto no se actualiza. La tarifa que quedó vigente con el último aumento de 2014 para los municipios que no tenían amparo era de un máximo de 1,58 pesos el costo de metro cúbico para la categoría más alta, es decir la R3-4 que son aquellos que consumen más de 1800 m3 bimestrales. (ver aparte cuadro de categorías)

 

Tarifa Social

Los requisitos para acceder a la Tarifa Social (TS) son los mismos para el ENREE y ENARGAS (entes reguladores de energía eléctrica y de gas). La inscripción es personal, directamente desde las página de internet de los entes reguladores y del Ministerio de Energía y Minería de Nación.

Es importante aclarar que no es la distribuidora la que decide si un usuario es beneficiario de la TS, sino ENARGAS, ya que es la entidad que cruzará los datos de ARBA, AFIP y Anses. Camuzzi sólo factura, pero no decide.

Se han modificado los requisitos con respecto al acceso a las tarifas sociales de otros años. Para poder ser beneficiario de la misma hay que cumplirlos en su totalidad. Un requisito anula a otro.

Antiguamente alguien con certificado de discapacidad podía requerir la TS, pero si esa persona, por ejemplo, tuviera un vehículo de menos de 15 años queda directamente fuera de esta posibilidad.

Por lo tanto, se reduce la cantidad de usuarios que puedan acceder a esta tarifa especial, porque son más las condiciones para a cumplir (ver recuadro con todos los requisitos).

 

Resolución de ENARGAS

La resolución i/3732/16 que fija el aumento en el metro cúbico del gas está vigente a partir del pasado 1º de abril. Entre otras consideraciones se puede analizar que la facturación sigue siendo bimestral, pero se puede abonar en dos pagos iguales, uno en cada mes.

La facturación no cambia, sino la forma de pago. "Que en tal sentido, debe instruirse a Camuzzi Gas Pampeana S.A. para que el cobro de las facturas de servicio que emite en forma bimestral, se instrumente como una obligación de pago mensual, estableciendo para ello dos pagos mensuales equivalentes cada uno de ellos al 50% del importe total de la factura bimestral, distantes 30 días uno del otro, los que serán tenidos en consideración a todos los efectos que pudieran corresponder", se indica en dicha resolución de ENARGAS.

 

Cargos fijos

El cargo fijo es otro concepto que se modifica, de acuerdo a la categoría. Varía entre 42,11 pesos hasta 149,57 pesos en la categoría más alta. Cabe recordar que ésta era de 7,52 pesos hasta el 31 de marzo en igual escalafón.

El costo del gas importado es un concepto que se anula de la factura.

No existirá más a partir de la nueva resolución. Este costo se incorporó a la factura en el 2008 y le permitía a las distribuidoras la realización de nuevas obras de infraestructura, ya que el costo del metro cúbico seguía igual, a 0,22 pesos.

Este concepto de gas importado estaba subsidiado en un alto porcentaje por una presentación judicial. Más allá de lo que es "consumo de gas", el resto de los ítems quedan iguales: Total gas, IVA, otros impuestos y otros conceptos.

Sólo habrá que esperar qué respuestas dará el ministro de Energía Juan José Aranguren ante el pedido del juez federal de La Plata, Alberto Recondo, quien le requirió detalles las razones de la medida adoptada.

A nivel local, estamos en manos de las posibles gestiones que Cambiemos, como oficialismo en el ámbito nacional y provincial, pueda realizar, al igual que el arco político en su conjunto.

 

Requisitos para acceder a la Tarifa Social

- ¿Quiénes acceden a la Tarifa Social?

Pueden ser titulares de servicios que sean:

 

Beneficiarias/os de programas sociales.Jubilados/as y/o pensionados/as que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilación mínima nacional: 8598,12 pesos vigente hasta febrero 2016 inclusive, según

Resolución A 396/2015 de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

Trabajadores/as con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM): 12.120 pesos, según Resolución A 4/2015 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente a partir de enero 2016.Personas con discapacidad.Inscriptas/os en el Monotributo Social.Empleadas/os del servicio doméstico.Personas que cobren Seguro de Desempleo.

- ¿Quiénes no acceden a la Tarifa Social?

- Aquellas personas que sean propietarias de más de un inmueble, posean un vehículo de hasta 15 años de antigüedad o tengan aeronaves o embarcaciones de lujo.

Para inscribirse deberán ingresar al: http://www.minem.gob.ar/formulario/cuestionario.html

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