La facultad había denunciado una serie de “irregularidades” en el proceso
La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata ordenó a la UNLP suspender el juicio académico que le inició a autoridades y ex autoridades de la facultad de Medicina a causa de haberse negado a firmar los títulos de los alumnos que se graduaron bajo aval judicial, y le dio a la casa de altos estudios 5 días hábiles para responder a una serie de “irregularidades” sobre ese proceso denunciadas por el decanato de la unidad académica. En una resolución firmada por unanimidad, los integrantes de la Sala I de la Cámara dispusieron suspender el juicio académico que se está sustanciando contra las autoridades de Medicina a instancias de una resolución del consejo superior, máximo órgano de cogobierno de la Universidad. Cabe recordar que el consejo superior, en una sesión extraordinaria que llevó a cabo el 11 de marzo, aprobó por 60 votos contra 2 (el decano y el profesor de Ciencias Económicas) realizarle un juicio académico al entonces decano Jorge Martínez y otros funcionarios que pudiesen tener “responsabilidad” en la decisión de no firmar los diplomas a los estudiantes que ingresaron a la práctica final obligatoria adeudando materias, y, de ese modo, “contrariando” la resolución 602/10 de la facultad, que fija que para acceder a esa instancia los alumnos no podían deber ninguna asignatura desde el 2013. Entre los ‘otros funcionarios’ estaría la ex secretaria Académica de la facultad y actual decana, Ana Lía Errecalde. Ahora, la Justicia ordenó que hasta tanto la UNLP produzca un informe sobre las irregularidades denunciadas por Medicina, el juicio académico quedará frenado. De la sentencia surge que la orden de suspensión se fundó en “la naturaleza y trascendencia de los derechos constitucionales en pugna”. “IRREGULARIDADES” El expediente judicial fue iniciado por un recurso directo promovido contra aquellas decisiones de la Universidad por Martínez y Errecalde. Ambos alegaron en su presentación que “el procedimiento de juicio académico impulsado por el consejo superior resulta nulo e inconstitucional al intervenir órganos incompetentes, que carecen de independencia e imparcialidad, pues fueron constituidos para aplicar sanciones y no para juzgar sobre si efectivamente hay responsabilidades académicas”. El escrito judicial, al cual tuvo acceso este diario, apunta que tanto la comisión instructora como el tribunal universitario “se constituyeron especialmente para juzgar el caso, y sus integrantes fueron elegidos por la Presidencia de la Universidad en violación a la ordenanza 260/02, lo cual fue advertido en aquella reunión del consejo superior del 11 de marzo”. Además se alega que la comisión mantiene “un total secreto sobre el trámite e impide a las autoridades de Medicina acceder a los expedientes y concurrir a las audiencias”. La UNLP tiene ahora 5 días para informar al respecto. Luego, la Cámara deberá resolver la medida cautelar pedida por las autoridades de la facultad.

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