El Superior Tribunal descontará las jornadas no trabajadas en tribunales

En acuerdo extraordinario de ministros, el máximo organismo del Poder Judicial del Chaco dispuso que se realicen descuentos en los sueldos de los empleados que se plieguen a las medidas de fuerza decretadas por los gremios para mañana.
Con las firmas de los jueces Alberto Mario Modi (presidente subrogante), María Luisa Lucas, Ricardo Franco y Rolando Toledo señala que los descuentos se efectuarán “al personal que haya incurrido en ausencia injustificada a sus lugares de trabajo el día 18 de marzo de 2011 del corriente año, conforme a las nóminas remitidas por los responsables de las dependencias judiciales a la Dirección General de Personal e Inspectoría de Justicia de Paz, y ante la ausencia se deberá considerar a todos aquellos que no hayan procedido a suscribir el Libro de Ingreso del Personal de las dependencias donde presten servicios y no hayan informado ningún tipo de inasistencia para tales días, en cumplimiento de lo normado en el artículo 51 del Reglamento Interno del Poder Judicial y las estadísticas de inasistencias en el interior de la provincia”. La decisión de aplicar los descuentos se funda en que las medidas de fuerza decretadas por el Sindicato de Trabajadores Judiciales, la Asociación Judicial y la Unión de Trabajadores Judiciales del Chaco, “vuelven a afectar manifiesta e irrazonablemente el normal desenvolvimiento de la administración de Justicia en la provincia, y considerando la situación planteada, este cuerpo como garante constitucional de la normal prestación del servicio de justicia afectado asume su responsabilidad de adoptar las medidas tendientes a garantizar el normal funcionamiento de la actividad judicial en forma efectiva, en resguardo del sistema republicano de gobierno y como custodio de las garantías ciudadanas de obtener la respuesta judicial correspondiente”. Asimismo, se recuerda que el Superior Tribunal de Justicia suscribió sendos convenios con la Asociación de Magistrados y Funcionarios, el Sindicato de Trabajadores Judiciales y con la Asociación Judicial Chaco, “los cuales fueron debatidos y consensuados previamente con dichas entidades, privilegiando el diálogo y el acuerdo como la herramienta más elevada para gestar mejoras y transformaciones positivas”. Actitud desleal A raíz de todo esto, el STJ considera que lo decidido por los tres gremios configura “una actitud contraria desleal con lo previamente convenido entre los sectores representativos de los estamentos judiciales, que fue difundido públicamente producto del diálogo al que convocó este Superior Tribunal de Justicia”. Al tiempo que remarcan “el derecho de huelga está reconocido como una herramienta propia del trabajador cuando se produce un conflicto laboral. Sin embargo, en el presente caso no se advierte conflicto alguno. Por ello, las medidas de fuerza adoptadas aparecen como un mero ejercicio de actos de fuerza, sin razón que las justifique”. Y concluyen señalando que “las actividades que perturban el orden en el funcionamiento de los tribunales aparecen inadmisibles, habida cuenta de que la función judicial tiene hoy más que nunca una esencialidad rectora en la comunidad y en la búsqueda de la solución pacífica de las controversias y la resolución de los casos llevados a su sede”.

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