SUBTE EN EMERGENCIA HASTA EL 2017

Por decreto del Gobierno de la Ciudad prorrogaron por un año más la vigencia de la emergencia en el subte, que terminaba a fines de este año. Según la norma, publicada días atrás en el Boletín Oficial porteño, la emergencia ahora regirá hasta diciembre de 2017. 

El Gobierno de la Ciudad prorrogó por otro la vigencia de la emergencia del subte. Con esta modificación, el estado de emergencia de la red, que vencía a fines de este año, regirá hasta el 31 de diciembre de 2017, según se desprende del decreto 127/16, firmado por el jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, y publicado en el Boletín Oficial.

El GCBA hizo uso de una cláusula que autoriza al ejecutivo extender por el plazo de un año la vigencia del estado de emergencia, lo que permite a Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) gozar de amplias facultades para realizar compras y hasta contratar una empresa operadora sin necesidad de pasar por la Legislatura y sin realizar licitación.

Esto allana el camino para las negociaciones con la operadora Metrovías, que obtendría en los siguientes meses una extensión de su contrato por otros dos años. Cabe recordar que el Acuerdo de Operación y Mantenimiento, originalmente firmado 2013 y prorrogado el año pasado vence en abril próximo.

Hacia fines de 2012, al aceptarse el traspaso del Subte a la Ciudad, el período de emergencia había sido estipulado en dos años. Sin embargo, al año siguiente la Legislatura votó -a propuesta del Ejecutivo- ampliar ese plazo a cuatro años, con opción de prorrogarse otro año más.

En los considerandos del decreto se enuncia, entre otros puntos, que "la Ley 4.472 estableció la regulación y reestructuración del Sistema de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo en la Ciudad  Autónoma de Buenos Aires (SUBTE); Que el objeto de la mencionada ley es "la regulación y reestructuración del Sistema de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo en la Ciudad  Autónoma de Buenos Aires (SUBTE), teniendo como objetivo la prestación idónea, eficiente y de calidad del servicio público, la puesta en valor de las líneas ferroviarias de superficie y subterráneas existentes, el desarrollo de la infraestructura ferroviaria de superficie y subterráneas así como la seguridad operativa en la prestación del servicio público" (artículo 1º); Que el artículo 6º de la citada ley -modificada por la Ley Nº 4.790- declaró en emergencia por el término de cuatro (4) años la prestación del servicio del SUBTE y facultó al Poder Ejecutivo de la Ciudad a prorrogar dicho plazo por el término de un (1) año (...); y que por Resolución N° 22-MJGGC-16 se encomendó la firma del despacho del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte al Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología, desde el 1° de febrero hasta el 10 de febrero de 2016, inclusive".

El decreto está refrendado por el Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología y por el Jefe de Gabinete de Ministros, además del propio jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta.

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