La suba de los aportes de los autónomos afectará a 4.400 santiagueños

El ajuste es del 17%, en consonancia con el aumento otorgado por ley en el haber mínimo de los pasivos, que llegó hasta $ 1.227. En la categoría más baja, pasa desde 194 hasta 227 pesos mensuales.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) elevó los aportes jubilatorios que deben realizar los trabajadores autónomos y también incrementó el tope para los descuentos que se realizan sobre los empleados en relación de dependencia.

En Santiago del Estero están registrados en la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) un total de 11.056 autónomos, mientras que los activos suman un total de 4.392, según los datos correspondientes al corriente mes y que fueron brindados por la agencia local, que está a cargo del CPN Ricardo Dib.

De acuerdo con lo informado desde la Afip, el grueso de los autónomos santiagueños se encuadran dentro de la segunda categoría, mientras que se aclaró que los autónomos inactivos, que en la provincia suman un total de 6.664, se encuentran en esa situación por diferentes motivos, aunque prevalecen dos: una inscripción en una categoría incorrecta o la falta de actividad luego de la registración inicial.

A través de la resolución general 3063/2011, publicada en el Boletín Oficial, se determinó la suba en la carga fiscal, a partir del aumento a 1.227 pesos del haber mínimo jubilatorio, que comenzó a regir a partir de este mes, sin incluir los 45 pesos que aporta el Pami, la obra social de los jubilados.

El ajuste es del 17%, un porcentaje similar al incremento otorgado por ley en el haber mínimo de los pasivos. De esta manera, la categoría más baja de los trabajadores independientes pasa desde 194 hasta 227 pesos mensuales.

De acuerdo con la información brindada, ésta incluye a personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta 20 mil pesos; comerciantes con ingresos anuales hasta 25.000; y aquéllos que se adhieran voluntariamente al sistema previsional.

Para la segunda categoría, casi la mayoría de los contribuyentes, el aporte pasa de 271 a 318 pesos. En el mismo se enmarca a personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los 20.000 pesos; y comerciantes con ingresos anuales superiores a $ 25.000.

El tercer escalón tendrá un aumento de 388 a 455 pesos, y abarca a directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con ingresos anuales inferiores o iguales a 15.000 pesos.

La cuarta categoría deberá aportar 728 pesos, en lugar de 621; e incluye a directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre 15.001 y 30.000 pesos, inclusive.

Para el último estamento, el incremento es de 854 a 1.002 pesos; y esto comprende a directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los 30.000 pesos.

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