En el seno de la Comisión de Tierras Fiscales, se comenzó a abordar el asunto de los barrios irregulares en esa zona de la ciudad. Durante el encuentro, los Legisladores mantuvieron contacto con representantes vecinales, quienes plantearon la urgencia de postergar las fechas establecidas por la normativa vigente, en cuanto a la expropiación de inmuebles.
Andrade pidió conocer el trabajo que realizan los vecinos en Río Grande y dijo que desde la Comisión se espera planificar reuniones con el Ejecutivo, particularmente el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y el IPV. Se espera que el proyecto oficialista tome estado parlamentario en el próximo encuentro legislativo.
En la zona sur de Río Grande, actualmente viven –datos de mayo de 2012- “un total de 6.089 personas y hoy supera los 8.344 personas” según un censo elaborado por asentados junto al municipio local. Se trata de 2.749 familias, “donde hay 3.464 niños”, ejemplificaron.
Puntualmente, restan algunos macizos, de los citados en las leyes, que faltan por ser escriturados; “mantienen un estado irregular los restantes debido a que pasó más de un año para que se presenten los dueños; no están conformes con la tasación oficial”. Manifestaron que la misma llegará en los primeros días del mes de mayo. “Estaba demorado el trámite del pago de la tasa de Justicia”, suma que asciende a 206 mil pesos. Ese trámite, está en contaduría para su cancelación. Asimismo, informaron, que los tiempos legales caducan, por eso las familias necesitan una prórroga en la normativa a fin de llegar con los tiempos.
Finalmente el legislador Eduardo Barrientos (PJ) señaló que al existir “voluntad política de prorrogar la norma”, se dictamina en la Comisión y se trata en la sesión. “No es tan complejo el mecanismo, si está la voluntad de los Legisladores”, resumió.
Hay que señalar que la Ley Provincial Nº 421 - Ley de Expropiación, establece -en su artículo 34- que “se tendrá por abandonada la expropiación -salvo disposición expresa de la ley especial- si el expropiante no promueve el juicio dentro de los dos (2) años de vigencia de la ley que lo autorice”.
Al respecto, es dable informar que la Ley Provincial Nº 847 fue sancionada el 28 de Mayo de 2011, promulgada y publicada en el boletín oficial en junio de ese mismo año.
Comentá la nota