El martes a la mañana el juez Jorge Videla dictó el sobreseimiento del actual director del EPAS y ex coordinador de la Unidad Ejecutora, Mauro Millán, y quienes se encargaban de la supervisión de las tareas, Roberto Yarcho, Guillermo Larghi, y Fabio Huarte. En cambio el técnico de Seguridad e Higiene Andrei Nicolás Trejsvoiakov, será procesado por “Homicidio Culposo”. La fiscalía podría apelar la resolución.
Fuentes judiciales informaron que el juez dispuso el sobreseimiento de cuatro de los cinco imputados: el titular de la Unidad Ejecutora a nivel local, Ing. Mauro Millán, el inspector de obra de la UEP, Arq. Fabio Huarte, los supervisores de obra Roberto Yarcho y Guillermo Larghi.
En tanto el técnico de seguridad e Higiene contratado, Andrei Nicolás Trejsvoiakov fue procesado por Homicidio Culposo.
Según se informó, de acuerdo a las testimoniales y la documentación recabada en el allanamiento que hizo la justicia en las oficinas de la Unidad Ejecutora, el contratado para Seguridad era el responsable del área y su única función era velar por la seguridad en las obras, El juez consideró que esa función era “indelegable”. Ese es uno de los fundamentos principales de la resolución.
En cuanto a la advertencia que había hecho el EPEN sobre el riesgo de los trabajos que se realizaban en el lugar donde luego falleció Fermín, el juez consideró que disponer las medidas necesarias era responsabilidad exclusiva del técnico de Seguridad.
Cabe recordar que tras un acuerdo judicial civil, la querella –la familia- presentó un escrito donde informaba del acuerdo por una suma determinada y pedía el sobreseimiento de los imputados.
Ahora el fiscal Juan Pablo Balderrama y la defensa podrían apelar la resolución. Por las características de la causa, podría esperarse una apelación de la fiscalía que luego deberá resolver la Cámara.
La causa
Entre las pruebas se encuentra la pericia de la justicia y un informe de Bomberos sobre cómo se trabajaba en el lugar al momento del hecho.
Quedó demostrado que no se respetaron las distancias de seguridad establecidas para cables de media tensión, que el lugar no estaba vallado ni había señalética de precaución en la obra y que esa era la forma de operar.
Figura como antecedente el aviso del EPEN advirtiendo el peligro y los accidentes que hubo en el lugar con máquinas viales.
Para el tipo de delito de “homicidio culposo”, el Código penal establece una pena de 6 meses a 5 años de prisión.
El hecho
Cabe recordar que la tragedia se produjo cuando Fermín y otros dos chicos jugaban sobre el acopio de cenizas ubicado en Millaqueo y Av. Arrayanes.
La “cima” de uno de los montículos pasaba a escasos centímetros del cable. El pequeño tocó con una de sus manos la línea, tras lo cual recibió una descarga eléctrica mortal.
En dos oportunidades, por la cercanía, máquinas viales se habían llevado por delante el cable.
El hecho de que pese a las advertencias y los accidentes decidieran continuar con la misma dinámica de trabajo, era una de las aristas de la causa.

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