Política: Este jueves está previsto que el Senado provincial trate el proyecto de ley de régimen de promoción e inversiones y fomento de la yerba mate. La iniciativa, que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, busca no sólo incrementar la producción sino, además, contrarrestar el polémico "envasado en origen" pretendido por el Gobierno misionero.
Corrientes cuenta con dos de las principales empresas yerbateras, Las Marías y Cooperativa Agrícola Colonia Liebig (que comercializa Playadito), y otras industrias más pequeñas pero que demandan un importante volumen del producto. Dicha necesidad de materia prima para su proceso de industrialización en suelo correntino es tal, que la cosecha en nuestra provincia sólo alcanza a cubrir el 50% de lo necesario. El resto es adquirido de la producción misionera.
Por ello, el Gobierno de la vecina provincia intenta implementar el "envasado en origen". A partir de esta iniciativa, la yerba cosechada en Misiones sólo podría salir de esa provincia en paquete y listo para su comercialización. Con ello perjudicaría notablemente a las empresas radicadas en suelo correntino que no contarían con el producto para su industrialización.
Mientras el tema se debate en la Corte Suprema de Justicia, la Legislatura correntina busca ampliar la producción yerbatera a los efectos de cubrir la demanda de las industrias provinciales. Según el texto, las actividades detalladas en el régimen de promoción comprenden la implantación de yerbales, el mantenimiento, el manejo, el riego, la protección y la cosecha, las labores de investigación y desarrollo y la industrialización.
De acuerdo a los datos que manejan los industriales yerbateros, este producto -considerado de primera necesidad- está presente en el 90 por ciento de los hogares argentinos. Además, año tras año, crece la exportación de la infusión que llega hasta lugares insospechados, como Siria. Entre las ventajas para productores e industriales correntinos que prevé la iniciativa, se destaca la exención en el pago de impuesto inmobiliario de la superficie efectivamente ocupada por el yerbal implantado y la aledaña afectada al proyecto.
También estarán exentos del impuesto sobre los Ingresos Brutos los derivados de la actividad ejercida con relación a las etapas productivas, industriales y de comercialización. Estarán exentos del pago de Impuesto de Sellos, tanto para el otorgante como para el receptor, la aprobación de estatutos y celebración de contratos sociales, contratos de fideicomisos, reglamentos de gestión y demás instrumentos constitutivos y su inscripción, cualquiera fuere la forma jurídica adoptada para la organización del emprendimiento, así como su modificación o las ampliaciones de capital y emisión y liberalización de acciones, cuotas partes, certificados de participación y todo otro título de deuda o capital.
Tal exención también alcanza a los contratos que formalicen la transferencia del dominio fiduciario de inmuebles que se instrumenten con el fin de constituir un fideicomiso cuyo objeto sea un emprendimiento yerbatero, informó el portal lineacapital.
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