Lo resolvió la Cámara de Apelaciones de la Ciudad. Consideró que no se encuentran cumplidos los requisitos exigidos en la medida cautelar dictada en diciembre de 2012, es decir, la evaluación de impacto ambiental.
Por medio de la misma se había dispuesto la suspensión del decreto Nº121/12, que aprobó la construcción de los edificios del Nuevo Distrito Gubernamental en parcelas del Hospital Borda, hasta tanto se dictase sentencia definitiva o se diese cumplimiento con ciertos recaudos procedimentales.
En consecuencia, ordenó revocar el pronunciamiento de primera instancia en el cual se habían tenido por cumplidos dichos requisitos.
En su fallo, Fernando Juan Lima, Esteban Centanaro y Mabel Daniele (en disidencia parcial), consideraron que no se encuentra acreditada la evaluación de impacto ambiental, como tampoco la intervención de la Secretaría de Planeamiento Urbano y de la Secretaría de Cultura.
Asimismo, los magistrados desestimaron el pedido de que la jueza de primera instancia sea excluida de su intervención en la causa.
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