Sanciones para quienes interrumpan el funcionamiento de los servicios públicos

Sanciones para quienes interrumpan el funcionamiento de los servicios públicos
La Comisión de Justicia de la Legislatura fijó multas de hasta 5 mil pesos a quien afecte intencionalmente el funcionamiento de los servicios públicos.

La Comisión de Justicia de la Legislatura fijó multas de hasta 5 mil pesos a quien afecte intencionalmente el funcionamiento de los servicios públicos. Además de multas, las consecuencias también podrían ser un arresto de 2 a 10 días. Las sanciones se duplicarían cuando se afecten servicios sanitarios y hospitales.

Además, incorpora que “el/la conductor de un vehículo o moto vehículo que no haya realizado el grabado de autopartes cuando correspondiere, será sancionado/a con multa de 150 unidades fijas”. También se sustituiría el texto del artículo 12 de la Ley Nº 3708 donde se establece la obligación para todos los propietarios y/o tenedores y/o poseedores de automotores, que en el plazo de cinco años deberán cumplir con el procedimiento de grabado; y además, cambiaría la redacción del actual artículo 13 que pasaría a decir: “la ley tarifaria fijará, anualmente, el canon a abonar por parte de las prestadoras del servicio. El costo de grabado para los usuarios no podrá superar el equivalente en pesos a 200 unidades fijas”.

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