La ley impulsada, entre otros, por el senador Alfredo Martínez, que establece 30 de junio y 18 de diciembre como fecha tope para el pago de cada cuota del aguinaldo, ya está firme y vigente.
El Poder Ejecutivo nacional promulgó la ley que establece fechas precisas para el pago del sueldo anual complementario, sancionada por el Congreso el 9 de diciembre pasado. La ley fue publicada la semana pasada en el Boletín Oficial, que modificó un artículo del Régimen de Contrato de Trabajo y establece que “el sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año”.El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto, dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.A fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre.Según la ley, si dicha estimación no coincidiere con el salario efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del sueldo anual complementario. “La diferencia que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre”, se establece en la norma.El senador Alfredo Martínez respaldó el proyecto y remarcó que la iniciativa propone que la fecha de pago sea una semana antes del feriado navideño, a fin que los empleados puedan realizar sus compras navideñas con dicha cuota del sueldo anual complementario, potenciando el comercio y el turismo.El proyecto fue impulsado por el senador radical Eugenio Artaza en el año 2013, siendo aprobado en el Senado y en la Cámara de Diputados con modificaciones, por lo que fue girado a la Cámara Alta y sancionado en diciembre pasado.También Martínez se mostró de acuerdo con su par Ernesto Sanz (UCR), quien pidió al Gobierno nacional que exceptúe de la aplicación del impuesto a las Ganancias a los aguinaldos como una forma de “dinamizar la economía”.“El primer paso para dinamizar la economía es exceptuar de Ganancias al aguinaldo. El sueldo anual complementario se encuentra próximo a materializarse y lo que para algunos funciona como un salvavidas financiero anual, para otros representa medio sueldo que se transfiere directamente a la AFIP”, señaló Martínez.

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