Doce agentes de Policía Judicial habían sido suspendidos con descuento salarial tras una asamblea
La decisión fue tomada por el Juzgado de Conciliación de 10ª Nominación, que hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por el sindicato que conduce Irina Santesteban, que ordenó anular las acordadas del TSJ que cesanteaban preventivamente a los mencionados trabajadores.
El fallo, celebrado en la sede gremial (aunque se descuenta que será apelado) consideró que el TSJ incurrió en “comportamiento antisindical violatorio de la libertad sindical” garantizada por la Constitución Nacional y diversos acuerdos internaciones suscriptos por el país.
El pasado 7 de mayo, luego de una asamblea gremial por reclamos salariales y laborales, el máximo tribunal de Justicia de la Provincia suspendió a 17 dependientes de la Policía Judicial, por considerar que habían incurrido en conductas abusivas durante la protesta. Del grupo, cinco tenían fueros gremiales por ser delegados, por lo sus sanciones fueron levantadas.
La medida fue apelada judicialmente por el gremio de Judiciales. Según el fallo al que ayer tuvo acceso LA MAÑANA, el Juzgado interviniente consideró que el Tribunal Superior no probó la comisión de los comportamientos achacados a los agentes suspendidos y que no logró acreditar que hubieran impedido la libre circulación y acceso a las oficinas del TSJ, una de las supuestas causales de la suspensión. Tampoco probó que se haya perturbado el servicio de Justicia.
Asimismo, el juez de Primera Instancia consideró que el TSJ no acreditó que los empleados fueran un obstáculo para el desarrollo de la investigación sumarial, es decir, que podría haberse abierto un sumario contra los agentes, sin suspenderlos en sus funciones.
“La demandada no ha logrado justificar la adopción de la medida extraordinaria de suspensión precautoria sin sumario previo”, resaltó la sentencia. Por otra parte, el Juzgado de Conciliación dijo que los hechos sancionados no justificaron la adopción de una sanción de tal gravedad.
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