Así lo resolvió ayer la Legislatura provincial al adherir a la Ley nacional 25517/2001 Por la cual se establece que los restos mortales de aborígenes “deberán ser puestos a disposición de los pueblos indígenas y/o comunidades que pertenencia que lo reclamen”.
Entre los fundamentos propuestos por el bloque del PSP, sostienen que “los restos mortales aborígenes cualquiera fuera su característica étnica, que formen parte de los museos y/o colecciones públicas o privadas, deberán ser puestos a disposición de los pueblos indígenas y/ comunidades de pertenencia que lo reclamen”. Tal cual el articulado de la norma.
Además sostiene que “la restitución de restos humanos a las comunidades y etnias originarias es parte de un proceso de reivindicación amplio y constituye un paso significativo hacia el reconocimiento de los derechos, territorios, historia, identidad social, valores simbólicos, sagrados y éticos de las culturas originarias, así como también afianza un cambio paradigmático de la institución museo”.
Por su parte, el legislador Eduardo Barrientos (PJ) Solicitó al Ejecutivo provincial, que una vez que se restituyan los restos de indígenas fueguinos, se respeten los restos de cada pueblo ancestral y mencionó a la Comunidad Rafaela Ishton.
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