Respuesta del gobierno con respecto a la clausura de la obra Pro.Cre.Ar

El Municipio recibió una intimación de la empresa encargada de construir el complejo diciendo que en diez días se levante la clausura. La empresa declara “que los municipios no tienen competencia legal sobre predios y obras nacionales”

 

El Municipio de Mercedes informa que ha  recibido una intimación de la empresa encargada de construir el complejo Pro.Cre.Ar en el predio ubicado en calle 6 entre 29 y 21, pretendiendo que en 10 (diez) días se levante la clausura de la obra, la cual fue efectuada el 30 de diciembre del 2014, a fin de no causar perjuicios económicos a la comuna.

“El tenor principal de la demanda recibida se circunscribe en alusión por parte de la empresa constructora, que los municipios no tienen competencia legal sobre predios y obras nacionales. Parece vislumbrarse un total desconocimiento que se tiene sobre el tema por parte de la contratista y sus profesionales, pues argumentar que los municipios no tienen ingerencias ni competencias en predios y obras federales se contrapone en todos sus términos a lo dictado por el artículo 4° de la Ley 8912/77 de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo en la Provincia de Buenos Aires, en donde se aclara que sólo están excluidos de dicha norma los predios que hacen a la seguridad y defensa de la ciudadanía. Un ejemplo de ello es el predio del ex Regimiento n° 6 de infantería ubicado en avenida 2 y 29, lo que hoy es Gendarmería Nacional”, declaró el ingeniero Gustavo Salomone, secretario de Obras Públicas.

La Secretaría de Obras Públicas procedió a la clausura de la obra del Pro.Cre.Ar por falta de planos aprobados, por ausencia de aprobación del Impacto Ambiental presentado por la empresa recién los primeros días de diciembre del 2014, y por estar realizando trabajos sin autorización, tales como la colocación de un obrador de mampostería de grandes dimensiones y un excesivo acopio de tierra y tosca, lo cual deslumbra un inminente terraplenado y relleno del predio; de esto aún no se ha presentado el estudio pertinente que indique que no perjudicará el escurrimiento de la calle 6.

“Además, y a fin de evaluar el impacto que tendrá el emplazado del complejo en esta zona urbanizada, la contratista ( o quien corresponda al Pro.Cre.Ar) deberá ingresar los planos y cálculos de las redes de infraestructura necesaria para que el complejo habitacional pueda funcionar y enlazarse con su entorno, nos referimos específicamente al agua potable, cloacas, gas, electrificación, ensanche de pavimento, desagües pluviales y demás servicios; el único fin de obtener las aprobaciones pertinentes es no perjudicar al vecindario, situación que a la fecha no se ha cumplimentado”, subrayó Salomone.

Cabe aclarar que el municipio ha paralizado el intento de efectuar en forma clandestina conexiones de agua y cloacas a la red existente vecinal. Las mismas deberán realizarse y empalmarse en las redes independientes que el Pro.Cre.Ar debe ejecutar para el complejo habitacional.

Todo lo detallado en este sentido tiene que ver con los elementos necesarios que el municipio debe contar a la hora de evaluar el impacto ambiental, a fin de dar seguridad a los vecinos frentistas y de la zona del barrio “3 Avenidas” para que no vean afectada la normal convivencia y tranquilidad que hoy tienen.

Por otra parte, el Departamento Ejecutivo Municipal ha solicitado a la Universidad de Buenos Aires (UBA) la propuesta de contratar sus servicios para obtener una opinión respecto a la evaluación de dicho impacto socioambiental.

En cuanto a los perjuicios económicos que pudiera sufrir el municipio por la clausura de la obra, el secretario de Obras Públicas aclara que “el municipio esta procediendo conforme a derecho, pues toda obra de menor o mayor escala que inicia sus actividades constructivas sin autorización municipal debe detenerse hasta tanto se ordenen las actuaciones administrativas correspondientes a las aprobaciones exigidas por el estado”.

Se aclara además que el Juzgado de Faltas ha confirmado el cese de toda actividad de construcción de la obra como medida preventiva hasta que cese la falta. También se pone en manifiesto que la intimación recibida el lunes 12 de enero de levantar la clausura existente es “improcedente y no se ajusta a derecho”. La misma será contestada en los términos y plazos legales correspondientes dejando en claro que el municipio no permitirá el atropello que se pretende imponer, siendo que hace varios meses que la empresa contratista tiene el contrato firmado para dar inicio a la obra, y la documentación comenzó a ingresar al municipio a mediados del mes de noviembre del 2014, resaltando además que las ordenanzas que el Honorable Concejo Deliberante sancionó al respecto datan de mitad del año 2013. En el mismo HCD fue que se estableció el compromiso de los concejales que votaron la sanción de las mismas de tener intervención y vista de los proyectos y del impacto ambiental.

Cabe resaltar también que la ordenanza que se sancionará para el cambio de indicadores urbanísticos en el predio de calle 6 está en proceso de convalidación en la provincia de Buenos Aires, la cual ha sido devuelta al municipio a fin de aportar informes de aquellas cuestiones relacionadas a la aprobación del impacto ambiental y las obras de infraestructuras necesarias.

El cuerpo legal del Municipio esta trabajando para rechazar en todos sus términos la intimación recibida días atrás.

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