La jueza Saidman suspendió la medida que ordenaba sanciones por la descarga de residuos en un predio de Barranqueras. Mientras tanto, seguirá la causa que busca determinar responsables y daños causados a los cuatro barrios aledaños.
“Termino de firmar la resolución que suspende la medida dispuesta ayer (por el martes), de identificar y en su caso disponer el arresto o el secuestro de los vehículos. La suspensión es por el término de veinte días corridos, contados desde hoy (por el miércoles)”, confirmó la magistrada a NORTE cerca del mediodía de ayer. Antes se había reunido con concejales y funcionarios municipales de Resistencia, quienes le expusieron el grave problema que representa para la comuna mantener los camiones cargados con residuos y no poder realizar su disposición final.
Según el plazo que quedó plasmado en la resolución, la municipalidad deberá encontrar antes del 29 de este mes un lugar alternativo que reemplace al basural donde hoy se descargan los residuos recolectados en la capital chaqueña, en virtud del contrato firmado por la comuna con los propietarios de ese terreno localizado en avenida Soberanía Nacional, entre Nicolás Rojas Acosta y avenida España.
Mientras tanto, la jueza continuará el curso de la causa judicial iniciada en la que pretende identificar si existió daño ambiental o consecuencias del arrojo de basura en ese sitio rodeado por cuatro barrios de la localidad portuaria. “Voy a recabar informes orientados a analizar y determinar cómo repararán el daño que hicieron”, indicó Saidman.
Resaltó luego que “no es necesario ser un experto en ambiente para advertir que en ese lugar no se puede depositar la basura”.
Hasta ayer, con custodia policial
Según los informes que recibió la jueza a primera hora del miércoles, en la tarde del martes llegaron al predio del basural cuatro camiones recolectores de residuos, y por la madrugada hicieron lo propio otros cinco transportes, acompañados siempre por funcionarios municipales. A todos les fue labrada un acta de acuerdo con las medidas entonces vigentes, dispuestas en el marco de la investigación del expediente por “arrojamiento de basura” abierto sobre la base de los artículos 84 y 95 del Código de Faltas sobre arrojo de basura y daños ambientales.
En tanto, ayer por la mañana los transportes volvieron al predio y descargaron la basura, todavía con la custodia policial que los identificaba y los conducía a la comisaría Tercera de Barranqueras para dejar sentado su accionar. Sin embargo, el escenario cambió cerca del mediodía, cuando Saidman firmó y comunicó la resolución de suspender la medida de identificación de los transportes.
“No hay prohibición de ingreso en el lugar”, resaltó la jueza de faltas. Explicó así que cada camión que llegaba al basural e ingresaba era identificado por las consignas policiales. Esa medida responde al proceso contravencional-penal iniciado y, como tal, no corresponde su notificación ante el municipio, según subrayó.
Así, el personal policial dispuesto en los tres ingresos en el lugar identificaba a conductor y también le requería que dijera en nombre de quién llevaba la carga y por qué descargaba en ese sitio. “Si decía que iba a arrojar basura se lo conducía a la unidad policial y se labraba un acta contravencional en libertad. Si esa misma persona, conduciendo el mismo camión u otro, ingresaba en el predio por segunda vez y deja la basura, se procedería a la detención de la persona y al secuestro del vehículo”, trazó la magistrado. De esta manera dejó claro que ese procedimiento se aplica para todo tipo de conducta irregular de las previstas en el código de faltas.
En declaraciones a Radio Universidad, explicó que su intervención tuvo como propósito determinar quiénes son los responsables de descargar la basura; es decir, de cometer una “falta continuada. El supuesto propietario, que no presentó título del inmueble, acompañó un convenio de comodato suscripto por el secretario de Obras Públicas del municipio”, explicó. También aseguró que el municipio de Barranqueras “no concedió ningún tipo de autorización ni hay tampoco un estudio de impacto ambiental”.
Competencia y facultades
En tanto, sobre los dichos de funcionarios municipales que plantearon la intromisión judicial en la autonomía municipal, la jueza resaltó que la competencia está dada por el código de faltas, cuyo artículo 84 sanciona la conducta de quien arroje, deposite o acumule en la vía pública, en lugares no habilitados, residuos sólidos o líquidos, sean éstos domiciliarios o no. En tanto, el artículo 95 sanciona a quien vierta o emita cualquier tipo de residuos que puedan degradar y contaminar los recursos naturales, causar daño o poner en peligro la salud humana, la flora o la fauna.
“En virtud de esta competencia, intervengo e investigo para averiguar quiénes son los responsables del hecho”, reveló Saidman. Asimismo, advirtió la afectación de ese basural respecto de los barrios aledaños. “Son los barrios Aipo, Los Milagros, 56 Viviendas y cuatro chacras del Lote 256, donde vive gente de muy escasos recursos”, precisó.
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