Remarcan que la ausencia a la conciliación obligatoria coloca a APUAP en infracción

Entrevistado por nuestro medio en relación al conflicto del gremio de los profesionales de la administración pública con el Estado provincial, el Director de Trabajo, Gastón Galíndez, comentó que la situación, desde la institución que preside, "es similar al conflicto del CEDEMS, por la competencia de la Dirección de Trabajo para entender en un conflicto que el Estado tiene con sus empleados, que puede llegar a ser un argumento entendible", añadiendo, en relación a la competencia del organismo, que "sin embargo, la Ley no va en el mismo sentido, sino más bien indica que la Dirección provincial de Trabajo es la autoridad de aplicación de la Ley de Conciliación Obligatoria, y la misma indica además que es la autoridad de aplicación para hacer poner en marcha esta herramienta jurídica en el caso de que se susciten conflictos entre el Estado provincial y sus agentes estatales".
Galíndez señaló además que "hay una particularidad con el conflicto de APUAP, que, en 2007, fue el mismo gremio el que instó e insistió en la competencia de la Dirección para intervenir en el conflicto que, en ese entonces, tenía el Estado provincial con los profesionales, en consecuencia, debería mantenerse en esa postura, esperamos que sea esa la postura del gremio de los profesionales y, como lo dijeron en 2007, reconozcan la competencia de la Dirección provincial de Trabajo para intervenir en el conflicto"

"Ya que no hubo ninguna modificación al marco legal desde ese entonces a la fecha", añadió, "por su parte resulta también de alguna manera llamativo que no se acepte la competencia conciliadora de un organismo del Estado que no tiene facultades de resolución, como es el caso de la Dirección provincial de Trabajo, en el marco de una conciliación obligatoria, pero sí se acepten competencias conciliadoras por aporte de organismos jurisdiccionales que también forman parte del Estado, como la Justicia, que no se acepten facultades menores del Estado como son facultades conciliadoras que, en definitiva, buscan brindarles un marco de dialogo que favorezca la resolución del conflicto".

El marco de la conciliación

En otro momento de la entrevista, el Director de Trabajo se refirió al marco de la conciliación obligatoria, comentando que las notificaciones al gremio de profesionales y al Estado provincial habían sido enviadas el pasado miércoles en horas de la mañana, fijando una primera audiencia a las 18, donde el Estado provincial compareció, contando con la presencia del Ministro de Gobierno, representantes del área de Salud, del área de Hacienda y de Fiscalía de Estado de la provincia, "y el gremio de los profesionales faltó a la cita, tuvimos igualmente un adelantamiento de esta postura gremial, se nos hizo saber que era muy importante la inmediatez que había entre el llamado a conciliación y la audiencia que se había citado, y que ellos mantienen un sistema sindical muy democrático donde todas las decisiones se toman son sobre la base de las consultas en asamblea, y que la asamblea estaba fijada para el martes 20, por lo cual no tenían mandato de la misma para comparecer".

Galíndez además añadió que desde el gremio profesional se señaló el mantenimiento de una actitud de diálogo y de soluciones del conflicto, aunque en virtud de las circunstancias de asamblea "les iba a resultar materialmente imposible comparecer en la audiencia a las 6 de la tarde, comparecieron los representantes del Estado sin perjuicio de este adelantamiento que habíamos tenido de la parte gremial, cumplimos con la media hora de espera legal, dimos por finalizada la audiencia, y hemos labrado un acta de la presencia del Estado provincial y de las peticiones que han realizado sobre el particular".

En definitiva el funcionario señaló que "hoy por hoy la conciliación obligatoria está vigente y hay una infracción en cuanto a la inasistencia del gremio de Apuap, hay dos incumplimientos: no levantar las medidas de fuerza y, por otro lado, no haber comparecido a la audiencia, ya hemos dictado la conciliación obligatoria, está vigente, y está produciendo todos los efectos del caso; no haber comparecido y no haber levantado las medidas de fuerza es una infracción a las leyes de conciliación obligatoria", finalizó Galíndez.

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