¿Cómo lograr una adecuada interpretación y aplicación de dos derechos fundamentales reconocidos en nuestra constitución y en tratados internacionales? Se trata de conseguir una solución razonable en el conflicto que se suscita entre la facultad de hacer huelga de que son titulares los docentes, cuando se generan situaciones de superposición en su ejercicio que impiden el acceso a clase de parte de la comunidad de alumnos.
Así las cosas, creemos que el mantenimiento de la huelga por el transcurso de largos períodos de tiempo se desprende de esos carriles para incurrir en una suerte de abuso de derecho que para nada ayuda en su comprensión y justificación. Deben encontrarse con inteligencia otras manifestaciones de protesta que no importen la anulación lisa y llana del derecho a aprender que tienen los niños y adolescentes. Ello, sin desmedro a su combinación con la huelga, pero siempre que no sea ella la que prevalezca pues de ser así se está produciendo una clara violación sin solución de continuidad de otro derecho fundamental de interés de toda la población. No olvidemos que en la base de toda construcción democrática encontramos la necesidad de equilibrio y mesura que permiten una convivencia civilizada, de lo contrario nos internamos en modalidades que más allá de sus buenas intenciones, entorpecen esa forma de vida.
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