Redujeron la pena a los cinco condenados por el caso Píparo

El Tribunal de Casación Penal bonaerense redujo las penas de prisión perpetua a los cinco condenados por la tentativa de homicidio de Carolina Píparo y el homicidio del bebé que gestaba, cometidos en 2010 durante una salidera bancaria en La Plata, informaron hoy fuentes judiciales.

La resolución benefició a Carlos Moreno (21), Miguel "Pimienta" Silva (43), Luciano López (21), Juan Manuel Calvimonte (26) y Carlos Jordán Juárez (46), quienes en mayo de 2013 fueron enjuiciados por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de la capital provincial.

Fuentes judiciales informaron a Télam que la sala III del máximo tribunal penal bonaerense, integrada por los jueces Víctor Violini, Daniel Carral y Benjamín Sal Llargués, cambió la caratula de "homicidio criminis causa" respecto de Isidro, el hijo de Píparo.

Es que el TOC 2 había considerado que el homicidio y la tentativa se cometieron para "preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar su resultado o procurar la impunidad”, en este caso el robo del dinero que Carolina había retirado de un banco.

Si bien la Sala III no cambió la imputación por la tentativa de homicidio de Carolina, si lo hizo, pero en disidencia, respecto al bebé que gestaba.

Los jueces Violini y Carral sostuvieron en el fallo que se trató de un "homicidio en ocasión de robo", por lo que rebajaron las penas de los cinco condenados. En tanto, Sal Llargués consideró que fue un aborto, tal cual argumentaron en el juicio las defensas de los acusados.

Según las fuentes, Moreno y Jordán recibieron la nueva pena de 25 años; Calvimonte de 24; y Silva y López de 23.

"El fallo es repudiable y una barbaridad pero tenemos que estudiarlo para ver cómo continuamos", dijo a Télam Matías Píparo, hermano de Carolina.

El TOC 2 había dado por acreditado que Píparo fue baleada el 29 de julio de 2010 cuando junto a su madre, María Ema, retiró dinero de la sucursal del Banco Santander Río de 7 y 42, y se dirigió a su casa, en las calles 21 y 36 de la ciudad.

En el juicio oral fueron absueltos Augusto Claramonte (44), acusado de aportar asesoramiento legal a la banda y que llegó al juicio oral en libertad, y a Carlos Burgos (20), sindicado como el presunto autor del disparo, aunque luego Píparo reconoció a Moreno como el que la baleó en la salidera.

Si bien el TOC 2 reconoció que Moreno fue el autor del disparo que la hirió, aplicó en el fallo la teoría de la coautoría funcional, es decir la ejecución de un delito cometido conjuntamente por varias personas que participan voluntaria y conscientemente de acuerdo a una división de funciones de índole necesaria.

Por ello, le dictó a los cinco la misma condena y les imputó los mismos delitos, más allá de que Silva fue quien "marcó" a Carolina en el interior de la sucursal, Jordán Juárez era dueño de la camioneta usada en el hecho, Calvimonte reclutó la mano de obra y López quien conducía la moto con la que interceptaron a la mujer.

“Resulta indistinto quien efectúa el disparo dado el condominio y el acuerdo pleno para cometer el suceso criminoso. Ha quedado acreditado que Silva, Juárez, Calvimonte, López y Moreno acordaron concretar un robo y consintieron los medios -uso de arma de fuego en condiciones de ser disparada- y, de esa forma todos asumieron la posibilidad cierta de emplearla para asegurar sus resultados”, graficaron los jueces.

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