Rechazan pedido de libertad de "El Hache" Alonso solicitado por vía de habeas corpus

Rechazan pedido de libertad de "El Hache" Alonso solicitado por vía de habeas corpus
El presidente del Superior Tribunal de Justicia, Ariel Gustavo Coll, en su carácter de juez unipersonal, rechazó una acción de habeas corpus presentada en favor del detenido Angel Omar Alonso, apodado "El Hache".
El abogado de Alonso presentó el recurso y solicitó que se deje sin efecto el estado de prisión preventiva por la que atraviesa el imputado por haber transcurrido los plazos de ley para su resolución definitiva y, además, por haber cumplido en cautiverio el mínimo de la pena impuesta para el delito atribuido. Consideró el profesional que se ha consagrado una violación a la garantía constitucional a que exista una extensión de la prisión preventiva más allá de los parámetros que establecen las leyes.

El juez de la causa

El juez Coll rechazó el pedido porque en este caso puntual no concurre la causal prevista en la Constitución Nacional, recordando en tal sentido que el habeas corpus es un dispositivo constitucional que procede cuando se realiza la detención de una persona sin orden emanada en legal forma de autoridad competente, pero en esta ocasión ?explica- el planteo está relacionado con la extensión de la prisión preventiva, a la que el abogado considera violatoria de la Ley 24390 y de la garantía del plazo razonable.

Respecto a este punto, el magistrado trajo a colación un fallo del STJ referido a esta materia, afirmando que proponer un límite tasado (como el plazo de dos años) carece de toda racionalidad, tomando en cuenta que ?como lo señaló la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en ?Gene Lacayo? debe hacerse un análisis global de procedimiento, para lo cual debe considerarse tanto la conducta del imputado, la complejidad del caso y la conducta de las autoridades judiciales?.

Sobre esta base, Coll señala que estos parámetros deben ser merituados ante cada caso concreto y exceden notoriamente el objeto del hábeas corpus y sólo pueden ser verificados por el juez o Tribunal competente en la tramitación de la causa, porque no se discute la legalidad de la detención sino la posible vulneración a la garantía de juzgamiento en plazo razonable. ?Esto solo puede ser analizado por el magistrado competente en tanto sólo él puede verificar la conducta del imputado, o si en el caso estamos ante un delito de investigación compleja, que justifiquen la aplicación de una medida orientada a superar la situación denunciada?, explica el magistrado.

En cuanto al estado de la causa, se dictó auto de prisión preventiva contra Alonso el 14 de abril de 2011; medida que fue apelada y luego confirmada por la Cámara de Apelaciones. Respecto al otro imputado del proceso, el juez de Instrucción resolvió su sobreseimiento; resolución que fue recurrida y recientemente confirmada por el Tribunal de Alzada. El expediente está próximo a bajar a primera instancia para continuar el trámite en orden a que también se había considerado completa la instrucción respecto a Alonso.

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