La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal afirmó que la señal del Grupo Clarín debe respetar el ordenamiento de canales dispuesto por el organismo. Los argumentos.
Ante el escenario de entonces, la AFSCA "promovió demanda con el objeto de que se declarara el incumplimiento por parte de Cablevisión SA de la obligación de ordenar las señales de su grilla de programación en los servicios de televisión por suscripción que explota la demandada, conforme lo dispone la resolución".
La justicia en primera instancia le hizo lugar al planteo por cuanto "aparecía ajustado a una prudente y razonable inteligencia del marco regulatorio de la actividad que desarrollaba la accionada, al que estaba sujeto, imponerle cautelarmente el cumplimiento del ordenamiento de la grilla de señales de televisión dispuesto por la citada resolución".
Se inició entonces un farragoso y por momentos incomprensible proceso de apelaciones, declaraciones de deserción de recursos, reposiciones y objeciones contra el fallo que terminó recayendo un año después en la Sala Cuarta del Tribunal.
Cablevisión argumentó que lo que le ordenaba la resolución de la AFSCA le resultaba de imposible cumplimiento porque estaba "técnicamente imposibilitada". Adujo que "la capacidad de transporte de sus redes no era ilimitada, con lo que la modificación de la grilla en el modo dispuesto conllevaba la eliminación de algunas señales ya existentes en pos de otras nuevas, lo que vulneraba los compromisos vigentes que ya había celebrado con las primeras". Incluso se pusieron en juego decisiones cautelares que Cablevisión había obtenido a su favor de un tribunal federal marplatense, que se contraponía con lo que ocurría en otras jurisdicciones, incluso en la Capital Federal, donde tiene su sede central la firma.
Los jueces Marcelo Duffy, Jorge Morán y Rogelio Vincenti se enfrascaron en una discusión procesal extremadamente compleja. Debían, en definitiva, determinar si lo que la AFSCA había dispuesto era válido legalmente, lo que incluía una multa de 20 mil pesos por cada día de incumplimiento. A ese monto se había arribado evaluando la facturación de la empresa en marzo de 2012, cuando trepó a 461.271.474 pesos. El tribunal redujo las sanciones a dos mil pesos diarios. «
Sabbatella: "un freno a la soberbia del grupo clarín"
El presidente de la AFSCA, Martín Sabbatella, consideró que "la decisión de la justicia sobre la grilla de los canales de cable es un freno a la soberbia del Grupo Clarín y una excelente noticia para los usuarios de todas sus licencias de televisión por cable, los cuales están siendo injustamente privados de ver contenidos informativos, infantiles, de entretenimiento y ficciones de gran calidad".
En relación a la grilla, Cablevisión tuvo la misma estrategia que con los artículos 41, 45, 48 y 161 de la Ley 26.522, objetando su constitucionalidad. Pero, a diferencia de la causa que se tramita en el fuero federal Civil y Comercial, la inclusión y el ordenamiento de los canales de acuerdo a lo normado por AFSCA obtuvo una medida cautelar favorable al organismo. Es decir, una medida que obliga a cumplir con la grilla establecida hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
"Curiosamente, mientras el Estado cumple la cautelar que favorece al multimedios y nos impide avanzar en el proceso de desmonopolización, Clarín no está respetando la decisión judicial que nos da la razón y que los obliga a cumplir la grilla. Por ese motivo existe una causa penal contra las autoridades de Clarín que no respetan a la Justicia", explicó el funcionario nacional y concluyó: "Tienen que cumplir y respetar la grilla. Si continúan sin hacerlo, se los multará y si no, deberán rendir cuentas ante un juez penal."

Comentá la nota