El Radicalismo sigue sin convencer. Eduardo Costa habló de cosas que no están en “el Art 27” y el dilema no se termina

El Radicalismo sigue sin convencer. Eduardo Costa habló de cosas que no están en “el Art 27” y el dilema no se termina

Seguimos tratando de entender lo que votó el Radicalismo en el Congreso, respecto de la Armonización de las Cajas de Previsión y el ingreso al Sistema Previsional de la Nación, de aquellas provincias que aún no están en él y por lo cual la Ley le otorga 120 días a la ANSES para que armonice a todas aquellas que aún no estén dentro del sistema. La UCR votó su aprobación y sostienen que no es lo que dice el artículo 27. Eduardo Costa se refirió al tema y aquí están las grabaciones, el texto de la ley y el análisis.

Con respecto a la Ley titulada “Programa de Reparación Histórica Para Jubilados y Pensionados”, que se aprobó en Cámara de Diputados de la Nación y contó con la aprobación de los tres diputados de la UCR de Santa Cruz, teniendo en cuenta que dicha norma establece claramente, entre otros aspectos del sistema previsional nacional, los alcances de la incorporación de las provincias que no armonizaron sus Cajas Previsionales con la Nación, razón por lo cual se le da al gobierno, para que ordene a la ANSES, un plazo de 120 días a fin de lograr esos acuerdos, el diputado nacional Eduardo Costa ofreció su punto de vista sobre el particular, en Fm News.

OPI ya realizó una nota donde el diputado nacional Héctor Roquel, no pudo cerrar una idea que nos convenciera de que no se ha votado lo que dice allí y nos digan que se ha votado algo que en el texto de la ley no lo expresa en ningún lado.

En la entrevista que le realizaron a Eduardo Costa en el programa “Contracara”, le preguntaron puntualmente sobre el Art. 27. Curiosamente si uno compara lo que dijo Costa y lo que está escrito en el Artículo 27, claramente se ve que no hablamos de lo mismo y si nos trasladamos al cuerpo completo de la ley, cuyo LINK lo dejamos aquí para que los lectores puedan contextualizar este tema, nos damos cuenta que mientras la ley se centra exclusivamente en el sistema previsional e indica que todas las provincias deben ingresar al sistema para “equiparar la asimetrías con las que ya están adentro”, Eduardo Costa habla que esta ley es para las provincias “que vayan a pedir plata a nación”. El diputado lo repite una y otra vez y alude textualmente: “Si nos piden plata van a tener que armonizar” y lo dá como un enunciado del Artículo 27 que no está plasmado en ninguna de las 4 partes que componen su cuerpo.

Luego Costa dice que “si la provincia pide plata” deberá “Armonizar” y remite a la parte del artículo donde habla de “el importe de las cuotas que serán transferidas el 20 de cada mes”, entendiendo que esto es parte de “la plata que pide la provincia”, pero en verdad eso no es así, porque allí se habla de las cuotas que se establezcan entre provincia y nación, en tren de equiparar los saldos que se deban proceder a cancelar, precisamente, por el ingreso al Sistema Previsional Nacional.

No sabemos si en realidad la UCR hace esto porque en su momento no advirtieron que estaban aprobando la “Ley marco” para la armonización del sistema previsional; si habiéndolo hecho a conciencia, ahora tratan de “dibujarlo” porque suena políticamente incorrecto o si lo hicieron sabiendo con exactitud que debían apoyar la medida del gobierno nacional para no quedar en contrapelo del espacio “Cambiemos” y tratan de excusarse en la provincia, donde la contradicción es muy clara y evidente.

Si bien es cierto que la decisión de “armonizar” la CPS es del Ejecutivo provincial y de la Legislatura, no es menor el tema, pensando que a nivel nacional la UCR aprobó la Ley marco, la que establece e involucra a todas las provincias dentro del sistema previsional nacional.

Analicemos:

Eduardo Costa parte 1: en FM News dijo:

“Vamos a este artículo 27 y ¿Qué dice este artículo 27?: hay provincias que no han entregado la Caja y que además, tienen tratamiento diferente. ¡Si nos piden plata!, lo que vamos a pedir es que hagan un esfuerzo, esto es lo que dice. ¡Si nos piden plata…!, esto es muy claro en el artículo en su segunda parte dice “Si nos piden plata, van a tener que armonizar…”. ¿Cómo fue votado?, si lo votamos nosotros, pero es un acto razonable, si vas a pedir plata, vos tenés que ir haciendo un esfuerzo en todo esto, bajá el gasto público y todo eso. Entonces, si pide plata la provincia de santa Cruz, previo a eso le están devolviendo el 15%”.

Para que el lector pueda escucharlo por sí mismo, aquí insertamos esa parte del audio de una extensa entrevista:

 

¿Qué dice el Título V – Art. 27?

A continuación, teniendo leído en forma textual lo que dijo Costa, escuchado en el audio, transcribimos el Art. 27

TÍTULO V

Armonización de Sistemas Previsionales Provinciales

Art. 27. Instrúyase al Poder Ejecutivo Nacional, que por intermedio del organismo pertinente, arribe en un plazo de 120 días a un acuerdo con las provincias cuyos sistemas previsionales no fueron transferidos a la Nación, a fin de compensar las eventuales asimetrías que pudieran existir respecto de aquellas jurisdicciones que sí hubieran transferidos sus regímenes previsionales, de manera de colocar a todas las provincias en un mismo pie de igualdad en materia previsional. A tales efectos, la ANSES deberá realizar las auditorías correspondientes a fin de evaluar los estados contables y los avances en el proceso de Armonización.

La transferencia de los fondos, deberán ser determinados en función de

1. Los desequilibrios que estaría asumiendo la ANSES si el sistema previsional de que se trata hubiese sido transferido a Nación.

2. Los avances realizados en el proceso de armonización.

El importe de las cuotas que acuerden las partes, serán transferidos antes del día 20 de cada mes y actualizado semestralmente mediante los coeficientes de movilidad aplicables al Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA) en los términos de la Ley 21.417 y no podrá ser modificado, salvo un nuevo acuerdo entre las partes, o en caso de incumplimiento de los compromisos asumidos en el correspondiente acuerdo.

Ahora bien, escuchado y leído lo que dijo el diputado y leído el texto del Artículo de la ley, no pudimos encontrar en ninguna parte del texto, un párrafo que ate el otorgamiento de un crédito a la armonización del sistema. En ningún lado existe una insinuación así. Solo se remite a la unificación del Sistema Previsional de las provincias al Sistema Previsional Nacional y cuando habla de “cuotas” a transferir lo hace dentro del mismo marco de los acuerdos, pero no de “acuerdos de préstamos o cosas por el estilo”.

Eduardo Costa parte 2 – El diputado mantuvo este diálogo en Fm News:

Lea aquí la transcripción de lo que dijo Eduardo Costa en la radio.

E. Costa – La transferibilidad de la Caja se define en la Cámara de Diputados de la provincia y el bloque Cambiemos ha sido claro, no la vamos a transferir y no va a votar ninguna modificación.

Conductor Fm News – Ahora ¿Cómo entiende Ud el Art V de la Ley?

E. Costa - ¿Qué artículo?

Conductor – de la Ley

E. Costa – ¿Qué ley?

Conductor – Dice “Por intermedio del organismo pertinente, arribe en un plazo de 120 días a un arribe a un acuerdo con las provincias, cuyos sistemas previsionales no fueron transferidas a la Nación…

E. Costa – Si, pero Ud lea todo el artículo y abajo dice que la ANSES va a poder pedir los estados contables y la transferencias de fondos deberán ser determinadas, en función de… es decir las transferencias, el importe de las cuotas que acuerden las partes serán transferidas el día 20 de cada mes; ahora, abajo aclara este tema. Mire lo que dice…

Conductor – (Vuelve a remarcar el párrafo del art 27)

E. Costa – Lo que el gobierno nacional dice es: Ché, si me vas a pedir plata, si vas a transferir fondos, si te vamos a transferir fondos, te vamos a pedir ciertas condiciones… esto dice el gobierno nacional. Este artículo se viene escribiendo desde el año 1994, 95 hasta la fecha; eso es permanente.

Escuche

Ahora le pedimos al lector que escuche lo que transcribimos, directamente de boca del diputado nacional.

 

Analicemos

Persiste la misma discusión bizantina, porque el legislador se encarga de afirmar que la UCR no está a favor de la transferibilidad de la CPS, pero aprueba la Ley marco que lo permitiría, en caso que el Ejecutivo o la Cámara de Diputados de la provincia lo decidan. Y acá, Costa vuelve a hacer una lectura sesgada de lo que dice el Artículo 27, insistiendo en que este articulado significa que si Santa Cruz va a pedir plata a Nación, como contrapartida el gobierno le va a pedir la armonización del sistema. Reiteramos: ¿Dónde dice eso?

Esto es incorrecto porque de la lectura parcial y completa de la ley, la cual ponemos a disposición de los lectores, no se desprende el tratamiento de cláusulas o condiciones que ponga el gobierno para otorgar un crédito o remitir fondos. Los únicos “fondos” y “cuotas” de lo que se habla allí, son las correspondientes a las del intercambio entre las provincias que decidan entrar al sistema previsional nacional y la Nación, nada más. Todo el cuerpo de la Ley deja afuera cualquier otro tema y mucho más aún lo que tenga que ver con el endeudamiento de las provincias.

Sostenemos que la UCR ha votado algo que estaba en total conocimiento de su alcance, pero hoy niega y trata de cambiarle el eje, para no colisionar con el mensaje político que necesitan dar en Santa Cruz.

Esto ocurre, a mi criterio, porque tienen “seguridad” de que el FPV no va a proponer la armonización de la CPS, dado que, como ellos desde la oposición, no se van a arriesgar a jugar una carta tan anti-voto, a meses del 2017. Pero habría que preguntarse qué pasaría si la gobernadora, argumentando que la oposición política de la provincia, dio el visto bueno a la Ley marco, decide enviar el proyecto a la Cámara de Diputados?.

Conclusión: los referentes de la UCR que han hablado en torno a este tema, no pueden ser claros ni explicar lo que el Artículo 27 dice párrafo por párrafo y más precisamente en el primer párrafo, donde condensa, de alguna manera, lo que le ordenan hacer a la ANSES: que en un plazo de 120 días, coordine las acciones y acuerde con las provincias que no han armonizados sus Cajas. A partir de allí, Nación y provincia, acordarán los tiempos y montos de las “transferencias de fondos previsionales”, a fin de equiparar la situación de esas provincias que se sumen ahora, con las que ya firmaron y se sumaron años atrás.

Esta es la única explicación lógica y que se extrae claramente de la lectura de la Ley y particularmente del Artículo 27. Lo demás huele a cuento del tío, a engaño y a la necesidad de que se entienda otra cosa, que no es lo escrito y pretenden dejar en un mar de dudas a la opinión pública, a fin de no recibir reproches y mucho menos que alguien piense que los compromisos políticos de la UCR, están muy por encima del interés colectivo de los habitantes de esta provincia y de los propios sindicatos que se oponen a modificar el sistema previsional de Santa Cruz.

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