Quieren más juicios por jurado popular

Quieren más juicios por jurado popular

El fiscal general José Gerez presentó el proyecto este lunes en la Legislatura neuquina.

Un proyecto de ley para ampliar la aplicación de jurados populares a todos los casos criminales fue presentado por el fiscal general, José Gerez, en la Legislatura, este lunes 7, con argumentos que fueron desde lo jurídico conceptual hasta la economía, afirmando que se abaratarán costos de la Justicia.

El objetivo central de la iniciativa, es que esta metodología de juzgamiento con jurados populares, deje de estar restringida sólo a los delitos más graves como ocurre en la actualidad y empiece a comprender también los juicios de menor gravedad.

El texto de la iniciativa prevé también otras reformas al Código Procesal Penal vigente desde 2014, vinculadas a la realización de los juicios directos, la incorporación de la “Declaración de Pulmarí” y los cambios en los plazos para la mediación y conciliación penal, entre otros aspectos.

“A más de dos años de vigencia de la Ley 2784, puede afirmarse que hemos adquirido la experiencia suficiente para realizar una evaluación y análisis del actual sistema. Durante este período hemos observado la necesidad de realizar modificaciones al Código Procesal Penal, así como también incluir nuevas cláusulas al texto de la Ley, con el único objetivo de mejorar la prestación al ciudadano del servicio de administración de justicia penal”, indicó Gerez.

“Tal vez la modificación más relevante que se propone este proyecto consiste en extender la competencia del juicio por jurados”, indicó el jefe de los fiscales. “Prever la participación popular directa de la ciudadanía en la deliberación y resolución de conflictos penales no sólo legitima las decisiones judiciales que así se adopten, sino que además permite acortar la brecha entre la institución judicial y el pueblo”, remarcó.

Gerez indicó que la Constitución Nacional en el Artículo 118, establece que “todos los juicios criminales ordinarios (…) se terminarán por jurados”.  Y destacó que “sin embargo, los diputados al emitir el despacho final del (actual) Código no siguieron este lineamiento y sólo establecieron este sistema para juzgar delitos contra las personas, la integridad sexual o cualquier otro ilícito cuyo resultado haya sido muerte o lesiones gravísimas, siempre que el Ministerio Público Fiscal solicite una pena privativa de libertad superior a los quince años”.

El fiscal general sostuvo que “esta decisión, sin dudas, fue adoptada por una razón de capacidad funcional previsible, entendiéndose, a priori, que de realizarse todos los juicios por jurados se colapsaría el sistema. Si bien esta afirmación era discutible, puesto que no ha habido un estudio exhaustivo de lo que ello implicaría, resultó acertada, ya que permitió evaluar el funcionamiento del sistema de enjuiciamiento en sus primeras etapas”.

El funcionario judicial precisó que desde el aspecto organizacional, “estamos en condiciones de sostener que todas las Oficinas Judiciales que han realizado juicios por jurados cuentan en la actualidad con la experiencia y experticia para echar a andar un sistema que funcione principalmente sobre la base de juicios por jurados”.

Incluso puntualizó que “es opinión unánime de los Directores de Oficinas Judiciales que han organizado juicios por jurados que resulta mucho menos complejo organizar y ejecutar un juicio por jurados que conformar un tribunal técnico colegiado”.

Sobre los costos económicos de la iniciativa, dijo que “pese a lo que podría suponerse, las estimaciones que se pueden realizar a partir de los datos generados hasta la fecha por las Oficinas Judiciales, permite afirmar que un juicio por jurados populares es menos costoso que un juicio ante tribunal colegiado”.

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