A través de un proyecto presentado por el Frente Renovador, se solicita que el HCD local manifieste su adhesión al fallo emitido por la "Corte Suprema de Justicia", en el que obligó a ABSA a entregar a sus usuarios agua potable.
Entre los puntos esgrimidos en el proyecto presentado, se manifestó que "el fallo data del 12 de noviembre de 2013. En él se rechazó el recurso de queja que había presentado la firma Aguas Bonaerenses Sociedad Anónima (ABSA) contra una resolución de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires que, a su vez, había confirmado una sentencia previa de la Cámara Contencioso Administrativa de San Nicolás. Al rechazar la queja, el órgano judicial obligó a la empresa bonaerense a proveer agua de red con un valor de arsénico no superior al 0,01 miligramos por litro en la ciudad de Lincoln, a partir de junio de 2012".
RELEVANCIA
También se indicó que "la sentencia adquiere relevancia porque hay varios procesos judiciales en trámite que apuntan a la calidad del agua potable que consumen millones de usuarios de nuestro país, sea por su contenido de arsénico o nitratos. Actualmente, están vigentes amparos judiciales en las localidades de Trenque Lauquen, Alberti, 9 de Julio, Chivilcoy, Bragado, Rojas y General Viamonte, todos en provincia de Buenos Aires. Todos ellos, al igual que el planteo originado en Lincoln, reclaman obras que garanticen la potabilidad del agua conforme los valores guías establecidos por la Organización Mundial de la Salud y al artículo 982 del Código Alimentario Argentino, sin tener en cuenta las dos prórrogas aplicadas".
CAA
Además se indicó que el "artículo 982 del Código Alimentario Argentino (CAA) al describir las características físicas obligatorias, impone un porcentaje máximo de arsénico de 0,01 miligramos por litro. Esto a partir de la reforma del año 2007, que reflejó los “valores guías” establecidos por la Organización Mundial de la salud en el año 2004. Previamente, el nivel de tolerancia era más alto: permitía hasta 0,05 miligramos por litro".
PROYECTO
En los artículos para su aprobación, se expuso que "1º): El Honorable Concejo Deliberante de Pehuajó resuelve manifestar su expresa adhesión: a) Al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictado en los autos “Conde, Alberto José Luis y otro c/Aguas Bonaerenses SA s/amparo”, mediante el cual se obligó a la empresa Aguas Bonaerenses Sociedad Anónima a entregar a sus usuarios agua potable con un tenor de arsénico inferior a 0,01 miligramo por litro, debido a la relevancia del mismo para los procesos judiciales en trámite, donde también se plantea la misma problemática del agua de red que consumen millones de usuarios en Argentina (valores altos en arsénico y nitratos); b) A la movilización de los vecinos-usuarios de ABSA de las ciudades de 9 de julio, Bragado, Alberti, Chivilcoy, Lincoln, Carlos Casares, Pehuajó y otras ciudades para que la empresa Aguas Bonaerenses no les cobre por un servicio que brinda deficientemente y con arsénico en el liquido de red y c) A la solicitud de audiencia efectuada al gobernador Daniel Scioli por los vecinos de los distritos mencionados en el inciso b, a fin de encontrar una rápida solución a la problemática de la calidad del agua". El segundo punto pide "Remítase copia de esta Resolución a todos los H.C.D. de la provincia de Buenos Aires solicitando su adhesión" y, por último, "envíese copia de la presente a la empresa ABSA S.A. y al Sr. Gobernador de la Pcia. de Buenos Aires".

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