Proyecto para ampliar beneficio jubilatorio a obreros y contratistas

Legisladores mendocinos presentaron una iniciativa ante el Congreso de la Nación.
Legisladores nacionales por Mendoza presentaron un proyecto de ley ante el Congreso de la Nación por el cual se amplía el beneficio jubilatorio para el peón rural a los obreros y contratistas de viñas y frutales, quienes también desarrollan tareas rurales en las zonas vitivinícolas de nuestro país. Se trata de una modificación de la ley 26.727, en lo referido al régimen de la Seguridad Social.

La iniciativa corresponde al diputado Enrique Vaquié (UCR) y fue acompañado por todos los legisladores nacionales por Mendoza. El presidente de la Cámara de Diputados, Jorge Tanús, y el ministro de Gobierno de la Provincia, Félix González, asistieron a la reunión durante la cual se dieron detalles del proyecto.

Estuvieron presentes Mariana Juri, Roberto Pradines, Omar De Marchi, Enrique Thomas, Jorge Albarracín, Anabel Fernández Sagasti y Guillermo Carmona; el titular de Foeva, Ramón Pavez; el intendente de Rivadavia, Ricardo Manzur; y legisladores provinciales.

En el instrumento legal se manifiesta la voluntad de modificar el artículo 78 de la ley 26.727 de la siguiente forma: "Beneficios jubilatorios. Los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación de la presente ley, los obreros de viña contemplados en el convenio colectivo Nro. 154/91 y los contratistas de viñas y frutales comprendidos en la ley 23.154, tendrán derecho a la jubilación ordinaria con 57 años de edad, sin distinción de sexo, en tanto acrediten 25 años de servicios, con aportes".

En los fundamentos se manifiesta que "dicha modificación de la ley mencionada, tiende la reconocimiento del sector que cuenta con más de 30 mil trabajadores, para aquellas personas en relación de dependencia, que desarrollen su labor en empresas viñateras que posean olivares y frutales según lo previsto en el Convenio Colectivo 154/91; como también aquellas que trabajan como contratistas en el cuidado y cultivo de viñas y frutales, comprendidas en el régimen especial contemplado en la ley 23.154".

Se pide "la ampliación del beneficio de un régimen especial, no sólo en virtud de la preexistencia del régimen legal anteriormente mencionado, sino en la realidad de que estos trabajos se distinguen del resto de otras actividades, por las zonas áridas donde se desarrollan, al aire libre".

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