Antes el Congreso debe definir el destino del Impuesto al Cheque. Respaldo a proyecto Verna.
Una fuente de la Casa de las Tejas no descartó que la nueva negociación del PAF, una vez que sea aprobada la ley de Impuesto al Cheque con la modificación sugerida por el pampeano Carlos Verna (con el que hay plena coincidencia porque también plantea un fondo para las provincias similar al sugerido por Juan Schiaretti) se realice por el bienio.
Schiaretti, quien debe gobernar hasta 2011, tendrá resuelto de este modo dos de los problemas financieros más acuciantes para la Provincia, el del déficit de la Caja y del PAF, que a fines de mayo ya llevará un atraso de cerca de 500 millones de pesos que se le descuentan a la Provincia a través de la coparticipación.
El gobernador provincial estimó que a Córdoba por cada mes que pasa sin arreglar el PAF, se le descuentan cerca de 100 millones de pesos. Así la suma es simple, en cinco meses a Córdoba a través del envío de la coparticipación (que creció 24% en el primer trimestre) se le retuvieron 500 millones de pesos, de una deuda con la Nación que oscila en los 1.100 entre capital e intereses.
Sin embargo, para que pueda la Provincia comenzar la renegociación del PAF, es necesario que el Congreso termine de tratar la ley del Impuesto al Cheque, paso previo a comenzar las discusiones bilaterales e ir avanzando junto a otros gobernadores en una nueva ley de coparticipación.
De allí que la estimación de fines de mayo o principios de junio, tiene su correlación con lo que ocurra en el Congreso, debido a que según trascendió la Presidenta no querrá arreglar ninguna situación de deuda provincial, antes de estar segura que no le será arrebatada la recaudación por el Impuesto al Cheque.
El Impuesto al Cheque, conocido como de los débitos y créditos bancarios, registró una leve recuperación en marzo que alcanzó los 1.819 millones, lo que representa 17,60 millones de pesos más que los percibidos durante febrero del corriente año.
Hay que recordar que el 30% del producido del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios ingresa a la masa de recursos a distribuir entre la Nación y las provincias, mientras que el 70% restante constituye un recurso exclusivo de la Nación en orden a la afectación específica de un impuesto coparticipable efectuada por la Ley
Nº 25.413, sancionada en el Inciso 3 del Artículo 75 de la Constitución Nacional.
Sin embargo, por la aplicación de los coeficientes de distribución primaria de la Ley 23.548, el reparto efectivo asigna un 85% a la Nación y el 15% al conjunto de las provincias.


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