El plazo de los beneficios, contemplados en los artículos 22 y 23 la Ley Nº26.509, se extenderá 90 días hábiles desde el dictado de la resolución.
La medida se extiende desde el 1 de mayo de 2009 y hasta el 30 de abril de 2010, e incluye las producciones de soja, sorgo, maíz, girasol, algodón, lechería y ganadería afectadas por sequía de la totalidad de los departamentos Aguirre, Belgrano, Mitre y Rivadavia, y de la zona rural de Los Juríes, en el departamento Taboada.
También se prorrogó la emergencia o desastre agropecuario, según corresponda, declarado mediante la Resolución Nº27 de fecha 23 de noviembre de 2009 del Ministerio de Agricultura, desde el 1 de mayo de 2009 y hasta el 30 de abril de 2010, a las explotaciones agropecuarias de áreas de secano afectadas por sequía donde se realizan: a) cultivos de algodón en el departamento Juan Felipe Ibarra; b) cultivos de algodón, alfalfa, frutihortícolas y ganadería en el departamento Avellaneda; c) producciones ganaderas en el departamento Quebrachos.
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