El diputado provincial Héctor Acuña ingresó un proyecto de reforma del código procesal con el fin de que los jueces puedan disponer de la prisión preventiva en casos de reincidencia, delitos perpetrados con Tenencia de Armas de Fuego, delitos contra la integridad sexual y violencia de género, entre otros.
Es un deber indelegable de todo legislador entregar herramientas para mejorar nuestra calidad de vida y facilitar el trabajo de las instituciones vitales para el desarrollo de la vida comunitaria. En esa creencia estamos cuando venimos a proponer una idea para entregar una nueva herramienta al Poder Judicial, poder en el que seguimos depositando nuestra confianza en su obrar sabio, independiente y razonable.
La democracia no es sólo un sistema de reglas formales para gobernar las sociedades. Es también una laboriosa construcción diaria de ciudadanía, para conseguir que en la aplicación del derecho se impongan criterios de justicia y equidad.
El problema que acarrea interpretar de modo extremadamente garantista las regulaciones de la prisión preventiva es no atender al problema de la alarma social generado por el delito, así vemos que en casos de delitos graves - como por ejemplo homicidio doloso, abuso sexual, por mencionar solo algunos - hechos que, repugnan el sentido social y mucho más a los familiares de las víctimas, que son en definitivas quienes independientemente de la calificación final, padecen vulnerables la celebración del juicio correspondiente.
Escuchamos a menudo a los hombres y mujeres de la Justicia sostener ante los medios de comunicación que ellos se manejan con los criterios que los legisladores imponemos en las leyes. Pues bien, entendemos entontes que es menester incorporar algunos supuestos en los que proceda la prisión preventiva, además de los regulados actualmente en nuestro Código Procesal Penal. Esto permitirá al juez contar con una herramienta más para poder, según su sano criterio y razonabilidad, resolver situaciones en la dirección que la sociedad hoy reclama.
Modificaciones
Entre las modificaciones propuestas proponemos la situación de la Reincidencia como elemento a ser valorado por el Juez a pedido de parte, dejando en claro que en absoluto planteamos la reincidencia como un agravante de la pena, sino como elemento a ser considerado por el magistrado respecto a la prisión preventiva.
Creemos que del mismo modo deben ser tenidos en cuenta los Delitos Contra la Personas, con la particularidad de incluir los homicidios donde media Violencia de Género. Asimismo contemplamos los Delitos Contra la Integridad Sexual y aquellos perpetrados con Tenencia de Armas de Fuego.
Por último decimos que la Flagrancia debe ser tenida en cuenta, ya que resulta desalentador para la idea de justicia que a quien se encuentra en esa situación se le otorgue la libertad.
Estamos convencidos que la mejor fórmula para que la prisión preventiva no implique una condena anticipada es que dure lo menos posible, esto se lograría celebrando los juicios rápidamente, apenas cometido el hecho. Las reformas para que así se concreten los juicios fueron ya consensuadas con el Poder Judicial y aprobadas por esta Legislatura.
Por Héctor Acuña, Diputado Provincial
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