Es en virtud de “los frecuentes hechos de violencia que se producen en las inmediaciones de los locales de esparcimiento nocturno”. El monto sería fijado por el Departamento Ejecutivo de acuerdo a la superficie de cada local.
El proyecto considera que "la ciudad de Luján es un importante polo de entretenimiento nocturno que congrega a miles de jóvenes y adultos, tanto de nuestra ciudad como de otras localidades, en virtud de la cantidad y variedad de servicios ofrecidos a través de locales bailables, pubs, confiterías y otras actividades afines" y que "la tranquilidad que caracterizaba a la actividad nocturna del centro de Luján se ha ido perdiendo de manera progresiva, con motivo de las cada vez más violentas peleas callejeras que se registran durante las madrugadas de los fines de semana, situación que se suma al incremento de los hechos delictivos que se registran en nuestra ciudad".
En este contexto, afirma que "a los fines de evitar que se sigan sucediendo este tipo de violentas disputas y, al mismo tiempo, se pueda prevenir la comisión de otros delitos, se torna imperioso que exista una mayor presencia de personal policial durante las noches de los fines de semana", en tanto destaca que "a raíz de las limitaciones de recursos humanos y logísticos que actualmente atraviesa la policía con asiento en Luján, no es posible garantizar una continua e intensa presencia en las zonas aledañas a los locales de esparcimiento cuando estos desarrollan sus actividades".
En este sentido, indica que "a los titulares de los locales de esparcimiento nocturno les cabe una alta cuota de responsabilidad en el mejoramiento de las condiciones de la seguridad pública, puesto que una gran proporción de los hechos de violencia nocturna que se generan en nuestra ciudad involucran a sus clientes" y que "en virtud de la correlación que existe entre la alteración del orden público en las zonas de influencia de los establecimientos aludidos y el ejercicio de la actividad empresarial del esparcimiento durante los fines de semana en horario nocturno, los costos en materia de prevención deberían ser asumidos por quienes se benefician desarrollando esas actividades con fines lucrativos".
Por tales motivos, el proyecto de ordenanza dispone que "los titulares de los establecimientos comerciales del partido de Luján que atiendan al público los días sábados, domingos y feriados entre las 0 y las cuatro 4 o más, deberán abonar un arancel a determinar por el Departamento Ejecutivo Municipal con el objeto de contratar efectivos de la policía de la provincia de Buenos Aires", al tiempo que dispone que "la contratación del personal policial tendrá carácter de obligatoriedad, y deberá realizarse mediante el sistema "Policía Adicional" que establece la Ley Provincial Nº 13.942".
A los efectos de dar cumplimiento a lo establecido, "el Departamento Ejecutivo Municipal determinará la cantidad de efectivos policiales que considere necesaria fijando el arancel que le corresponda abonar a los titulares de los establecimientos comerciales" tomando como parámetro la superficie de los mismos.
Por otra parte, "los titulares de los establecimientos comerciales deberán depositar el monto que se les indique en concepto de aranceles en la sucursal Luján del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en la Cuenta Corriente habilitada a tales efectos por la Tesorería Municipal". Por último, se señala "la obligatoriedad del pago a cargo de los titulares de los locales de esparcimiento que desarrollan actividades en horas de la madrugada", implicando que "quienes no abonen el arancel respectivo no puedan ejercer la actividad comercial durante el fin de semana que corresponda" y estableciendo una serie de sanciones progresivas según vayan aumentando los incumplimientos por parte de los empresarios.
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