Propician un sistema de promoción industrial en la provincia de Jujuy

Es una iniciativa de diputados del PJ que propone instrumentar un crédito fiscal de hasta el 50 por ciento a los efectos del pago de futuros impuestos por inversiones en caminos, redes eléctricas, provisión de agua, desagües y otras obras de infraestructura que realicen las empresas vinculadas con el emprendimiento
A través de un proyecto de ley, el diputado Manuel Soler y otros del PJ propusieron la aplicación de un sistema de promoción y desarrollo industrial, cuyos objetivos son fomentar la instalación de nuevas industrias y la ampliación de las existentes, así como incrementar la actividad en zonas de escasa población con marcada tendencia migratoria. Fomentar el aprovechamiento racional de los recursos e insumos e incentivar mejoras tecnológicas, están también entre los propósitos.

La iniciativa establece prioridad para las industrias derivadas del sector agrícola, ganadero, forestal, energético, minero, turístico, construcción y aquellas otras que el Poder Ejecutivo declare de interés.

Por otro lado, estipula que las condiciones para acceder a la promoción deben ser, en primer lugar, el uso de materia prima, productos elaborados, semi-elaborados y recursos naturales originarios de la Provincia; que permitan la producción local contribuyendo a sustituir importaciones o faciliten las exportaciones en condiciones convenientes para la provincia y que tengan gran efecto multiplicador en la economía provincial.

Otra de las condiciones es que se trate de emprendimientos destinados a instalaciones industriales permanentes y con procesos tecnológicos avanzados y el desarrollo de investigación aplicada que obtenga productos de acuerdo con normas de niveles internacionales de calidad.

Se incluye, asimismo, a los emprendimientos que desarrollen infraestructura turística en sus diversas facetas y a los que se dediquen a la creación, diseño, desarrollo y puesta a punto de sistemas de software.

El sistema provincial de promoción industrial –según la iniciativa- estará compuesto por regímenes regionales, sectoriales y especiales.

Los beneficios de carácter promocional contemplados por Soler incluyen el crédito fiscal de hasta el 50 por ciento a los efectos del pago de futuros impuestos por las inversiones en caminos, redes eléctricas, provisión de agua, desagües y otras obras de infraestructura que realicen las empresas vinculadas con el proyecto. También está la exención de tributos provinciales existentes o a crearse por un plazo de hasta 15 años y en forma total o escalonada; facilidades para la compra, locación, comodato con opción de compra dentro del plazo de cinco años de bienes muebles e inmuebles del Estado provincial; asistencia y asesoramiento técnico por part5e de organismos del Estado y apoyo estatal en la gestión de exenciones y reducciones impositivas, tarifarias, medidas de promoción o amparo y otras franquicias en el orden nacional o municipal.

Podrán ser beneficiarios del régimen las personas físicas domiciliadas en el país, las que deberán constituir domicilio legal en la provincia; las personas jurídicas públicas o privadas, constituidas o habilitadas para operar en el país de conformidad a la legislación vigente; los inversores extranjeros con domicilio legal en la Provincia y los fideicomisos previstos en la Ley 24.441 y las uniones transitorias de empresas reguladas por la Ley 19.550.

En cambio, no podrán acogerse al sistema las personas físicas que hubieran sido condenadas por cualquier delito doloso, con pena privativa de la libertad o inhabilitación y las personas jurídicas cuyos representantes hubieren sufrido penas mientras se encuentren inhabilitados. También se excluye a las personas físicas o jurídicas que tuvieran deudas exigibles impagas de carácter fiscal o con otros organismos del Estado, ya sean provinciales y municipales; las que hubieren incurrido en incumplimiento injustificado respecto de regímenes anteriores; las que gozaren o hubieran gozado de regímenes promocionales anteriores para una misma actividad; los concursados y fallidos.

El proyecto dice que la autoridad de aplicación será el Ministerio de Producción y plantea que previo al otorgamiento de cualquier beneficio promocional, el Poder Ejecutivo requerirá dictamen de una comisión de evaluación, seguimiento y control a crearse al efecto.

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