Promueven delito de acción pública por el acuerdo de YPF-CHEVRON

Promueven delito de acción pública por el acuerdo de YPF-CHEVRON

Esta mañana el Dr Monner Sans, titular de la Asociación Civil Anticorrupción, hizo una presentación judicial para que se investiga la comisión del delito de acción pública tras la firma del contrato de explotación petrolera en Nequén en el yacimiento Vaca Muerta, donde se formalizó un acuerdo secreto entre YPF y Chevrvón.

Hoy fue radicada una denuncia bajo expediente Nº 15151/16 ante el Juzgado Criminal y Correccional Nº 12, a cargo del Dr. Sergio Torres con intervención de la Fiscalía N º 1 a cargo del Dr. Di Lello, por parte del abogado Ricardo Monner Sans. En la misma pide se lo admita como “amicus curiae” y argumenta “para ayudar en el avance ágil de este proceso, “blindándolo” respecto de los fortísimos lobbies que aparecerán en el escenario” expresa el letrado, recordando que otro Juzgado ya le ha otorgado dicho carácter y menciona el expediente 7181/2014, Juzgado del fuero Nº 4, Secretaría Nº 8.

Monner Sans destaca en su extensa presentación al que tuvo acceso OPI “…el muy preocupante contrato firmado por YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES y CHEVRON CORPORATION, quienes se han valido de “sociedades off shore” para una ejecución que tiene a mi entender ribetes penales. Lo que lleva a solicitar la competencia de la justicia federal, habida cuenta de la naturaleza jurídica de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES S.A. (en lo sucesivo YPF)”, describe el abogado que a continuación y tras recordar la escandalosa privatización de YPF en tiempos de Menem y tras recordar que la petrolera es una “Sociedad anónima abierta”, le expresa al Juez “… este Juzgado es competente para entender por qué funcionarios estatales “extranjerizaron” lo que no podían hacer. Se habría pactado una forma de evasión del control en la ejecución del acuerdo y todo parece apuntar a que hay algo más que una mera violación de los deberes de funcionario público y/o de una administración fraudulenta. Ese “algo más” es del resorte del Juzgado que deba afrontar la investigación y de las profundas y enérgicas medidas que seguramente propondrá el Fiscal Federal que deba entender en autos. Tengo para mí que hay otras calificaciones penales de por medio, pero ya tal tarea es del Poder Judicial de la Nación. Conviene no demorarse”.

Más adelante, el letrado hace una exposición sintetizada del paso de Chevrón por Ecuador y la re-estatización de YPF, quitada a Repsol y en este punto admite “ En la re-estatización –se asegura- fue pieza importante el ex Embajador de la República Argentina ante España, Carlos Bettini, cuestionado en su momento por distintas personas en la Comisión de Acuerdos del Senado de la Nación. Kicillof aseguró –no sin razón- que nada se le debía pagar a Repsol porque había vaciado YPF. Bajo la anterior gestión presidencial –de la cual fue Ministro de Economía el recién aludido- le pago a Repsol la friolera de CINCO MIL MILLONES DE DÓLARES. Repsol hizo una fiesta, nuestros jubilados y excluidos, no”, compara Sans.

Y prosigue: “Bajo ese turno político anterior –Presidencia de Cristina Elizabet Fernández de Kirchner- se gestó un convenio entre YPF S.A. y CHEVRON para la explotación de petróleo en Vaca Muerta. El convenio final, se me dice, lleva fecha del mes julio de 2013, firmando un decreto la entonces Presidenta de libre acceso a dólares estadounidenses a favor de CHEVRON”.

Luego hace un llamado al Juez para que el contrato de Chevrón que actualmente está en poder de Guistiniani, del cual hay dos versiones, una “con tachaduras” y otro sin ellas, sea puesta (este última versión) a su disposición, “ … para poder así evaluar también el zigzagueo que existió para conocer la versión íntegra del acuerdo y para tomar las medidas de investigación correspondiente”, indica la denuncia firmada por Monners Sans y remata con una apreciación personal, al indicarle al Juez “Creo que al tema hay que imprimirle la urgencia del caso y, de cara a las evidencias que el Fiscal actuante y V.S. encontrarán, deberá tomarse las medidas de seguridad pertinentes (arts. 511, siguiente y concordantes del Código Procesal Penal). Ya que, en la convicción de que hay grave presunción de delito, el Poder Judicial de la Nación no podría quedar expectante frente a un conjetural delito de ejecución continuada”, concluye la denuncia a la que accedimos. 

Comentá la nota